27/12/2012

Sistema electoral británico y elección directa


Algunas de las alternativas que se proponen al actual sistema electoral español, que gozan de cierto predicamento en la derecha (p.ej. Foro Asturias, PP de Madrid), están inspiradas por el sistema típicamente británico de la circunscripciones uninominales con representantes elegidos por mayoría relativa. Algunos sustituyen la mayoría relativa por una segunda vuelta, como se hace en Francia.

En una entrada anterior he optado por un sistema proporcional para las elecciones a un parlamento, pero quiero hacer unas consideraciones sobre las características de un sistema uninominal y compararlas con mi susodicha opción.

Con este sistema suelen dar las siguientes circunstancias:
  1. Elevado porcentaje de votos residuales que no sirven para elegir a ningún candidato.
  2. Menor intermediación de los partidos, entre votantes y representantes, debido al voto directo y la inexistencia de listas electorales.
  3. Discriminación de los votantes por motivos geográficos.

Por tanto hay que exigir a cualquier proponente de un sistema de circunscripciones uninominales la asunción de dichos hechos, con sus virtudes y defectos, y en su caso la propuesta de mecanismos correctores de estos últimos.

Por ejemplo, para corregir 1) se puede establecer la mencionada segunda vuelta, con lo que se puede considerar que todos los votantes pueden “reciclar” su opción política cuando ninguna de sus primeras opciones ha pasado a tal segunda vuelta.

3) tiene el riesgo muy claro de gerrymandering (modificación de circunscripciones con la intención de afectar a los resultados de las elecciones), que debe ser evitado mediante unos criterios de delimitación claros, estables y basados en la comunidad real de los electores, no en resultados electorales.

Dejo 2) para el final porque sobre esto me he de extender más. Podemos decir que la intermediación de los partidos puede ser perniciosa para la democracia cuando se dan conocidas circunstancias como la facultad exclusiva para la elaboración de listas cerradas de candidatos, el paracaidismo electoral, el sectarismo, etc. Esto se suma a lo comentado en 1) para evitar las disidencias y la formación de corrientes alternativas.

Ahora bien, si por un lado tenemos a favor de la elección directa la virtud de que los votantes puedan contradecir las opciones y preferencias de un partido político, por el otro hallamos en el Senado español un claro contraejemplo, pues existiendo la libertad de las listas abiertas la gente mayoritariamente no hace distinciones y vota a todos los candidatos de una misma lista.

En definitiva, los partidos también pueden ser necesarios para el debate político y para, como por ejemplo dice la vigente Constitución española, la “manifestación de la voluntad popular”. En otras palabras, para representar las ideas de los votantes. Y una ideología es debatida y propuesta por un partido, no por el nombre propio de un individuo.

Se puede aducir que tampoco un partido es una opción fiable, ya que un votante puede ser partidario de parte del ideario de un partido, y parte de otro. Sin embargo un sistema proporcional corrige tal defecto, haciendo que si un programa unitario no resulta aceptable a parte de un partido, pueda desgajarse para ofrecer una opción diferente en los puntos que considere conveniente. Cosa que por cierto resuelve también la representación territorial, ya que si el punto inaceptable por una minoría es precisamente la escasa idiosincrasia regional, puede escindirse para formar un partido separado.

Hay que apuntar también el aspecto del tamaño. La tendencia de las circunscripciones uninominales es a la pequeñez, por la virtud de que los candidatos sean cercanos a sus representados. Sin embargo, la necesidad de mantener un parlamento de tamaño decente y manejable impone un límite superior al número de diputados. En los números habituales, un país de decenas de millones de habitantes está típicamente representado por varios centenares de parlamentarios, lo cual da una razón de unos 100.000 habitantes/representante. ¿Conocerá verosímilmente un representante a todos sus representados?

En mi opinión, cuando un representante necesariamente se maneja con estadísticas en lugar de con personas, la circunscripción uninominal y el voto directo pierden la virtud de la cercanía.

Con lo cual estoy queriendo indirectamente decir que sí hay ámbitos (es decir, elecciones) en que el voto directo, no intermediado por los partidos, sí es útil, y ésos son precisamente aquellos cargos que pueden verosímilmente conocer cercanamente a una gran parte de sus electores. El límite preciso tendrían que indicarlo expertos politólogos o sociólogos, pero estimo que podría estar en un máximo de varios miles de habitantes, unos 10.000 quizá. Y tal como está distribuida la población en cualquier sociedad moderna, con una economía industrializada y de servicios, esa situación se daría sólo en el caso de los alcaldes de municipios rurales.

Cobra más sentido aun el que la elección directa se produzca en esos ámbitos, ya que los alcaldes reúnen típicamente atribuciones legislativas y ejecutivas, que a esa reducida escala se confunden más que en cargos superiores. Lo cual me lleva a considerar que quizá a esos niveles podría ser deseable el sustituir las corporaciones por un sistema de junta de candidatos, que ya he propuesto para la elección del Presidente del Gobierno, pero permanente. Así, el alcalde sería un valedor cercano y estable, la eventual oposición tendría un altavoz público oficial, y no habría concejales que fuesen meros figurantes.

Por lo cual mi opción final es que el sistema de elección debe depender del nivel de la institución a elegir. Para asambleas nacionales o regionales, un sistema proporcional respecto a los partidos (corregido por el voto preferente, que permita primar o penalizar a los nombres individuales que figuran en la lista). Para instituciones locales de poca población, elección directa. Y en medio, para asambleas de municipios medianos y grandes, quizá una elección más desvinculada entre el consistorio (proporcional) y la alcaldía (segunda vuelta, junta de candidatos), como defiendo para la elección de presidentes del gobierno.