06/11/2019

Cambiar o no cambiar (el huso horario): ésa es la cuestión

Pruébese a realizar una búsqueda en Google del tenor de «imagen cambio de "huso horario"». En seguida se dará con alguna de esas imágenes compuestas  o directamente CGI en que se ve cómo la línea entre sol y sombra barre Europa de tal modo que España queda situada con Gran Bretaña y Portugal de un lado, y más o menos el resto de Europa del otro.
Estas imágenes, originadas con algún propósito quizá ilustrativo de la inclinación del eje de rotación de la Tierra respecto al plano de traslación, ruedan por Internet y periódicamente surgen siendo esgrimidas para defender que España debe alinear su huso horario con el británico-portugués (a cuál más importante para España). Pero esa defensa está basada en premisas equivocadas, empezando por el hecho de que la "línea del amanecer" sea única; de modo que, como profesor de Matemáticas (y circunstancialmente de Biología-Geología), me siento animado todos los cursos, sea en el cambio a horario de invierno o al de verano, a explicar la situación a mis alumnos; explicación que a continuación dejo ordenada y rigurosa por si algún curso se me escapa, o por si alguien quiere tomarlo desde aquí.

1. La forma más primitiva de determinar la hora del día es mediante la posición, más concretamente la elevación, del sol en el cielo. Claro que hay ocasiones en que el cielo se nubla, pero a lo largo de varios años se logra comprobar que la máxima elevación del sol es la misma todos los años y que recorre aproximadamente un segmento recto, con lo cual a la larga podemos estar seguros de que, independientemente de que la hora y lugar de salida del sol varíe a lo largo del año (lo cual resulta patente a cualquiera que viva en un entorno rural, en dependencia de los ciclos diarios), si se establece ese momento del sol como hora central del día (de ahí el nombre de "mediodía", las 12:00), logramos una duración del día suficientemente precisa para los usos campesinos.

2. Ahora bien, como la tierra es redonda (esférica, mandarina, pera o abollada, según el nivel de precisión deseado), ocurre que a medida que la Tierra rota hacia el Este el momento del mediodía va recorriendo una línea norte-sur (de ahí el nombre de "meridiano") que se mueve hacia el Oeste. O desde otro punto de vista, el momento que es mediodía en un lugar no tiene por qué serlo en otro: es después de mediodía ("P.M.") en un lugar que se sitúe al este del nuestro, mediodía en el que esté en el mismo meridiano, y antes de mediodía ("A.M.") al oeste. Esto no tiene demasiada importancia si nuestros horizontes y relaciones rara vez superan lo local, y si lo hacen es a velocidad lenta, como antes de la era de los transportes contemporánea. Pero a medida que los horizontes se expanden y las (tele)comunicaciones se hacen más rápidas, tener que manejar un ramillete de horarios propio y ajenos (esto es, de números de 0 a 24 atribuidos a un determinado momento del día), ramillete extraído de un continuo de opciones dependiente del ángulo de longitud terrestre, se vuelve directamente inmanejable.

3. Pues bien, surge la primera necesidad de racionalización-homogeneización, que consiste en eliminar la susodicha continuidad repartiendo el globo terráqueo en husos horarios; husos que, por lo demás, están en principio fundamentados en lo dicho en 1., esto es, el punto más alto del sol. De ese modo, si bien se pierde la precisión a nivel local, se gana en capacidad de coordinarse con el vecino en lo referente al "cuándo".
Dicho lo cual, en lo que sigue debe quedar claro que un huso horario no es más que el número (hora) que asignamos a un momento determinado en el tiempo.

4. Ahora bien, el principio de coordinación que resultaba suficiente para unas incipientes comunicaciones, fue cuestionado por un hecho creciente: el aumento de la actividad económica y de la ocupación de trabajadores en el sector secundario, y en el terciario por último, con el paso de los años. De modo que la referencia inicialmente válida de mediodía en el momento más alto del sol iba perdiendo sentido a medida que: a) no sólo las personas sino también las instalaciones necesitaban consumir energía para realizar su actividad económica y b) el horario de trabajo dejaba de ocupar todas las horas de luz solar para concentrarse en las primeras de luz.
Y esto lleva a cambiar la referencia. El sol ya no era tanto una referencia (pues los relojes fabricados por el hombre superaban en precisión a lo que la observación astronómica podía proporcionar) como el determinador de las óptimas horas de trabajo, y como la actividad económica tenía lugar mayormente en las primeras horas del día (en cuanto al ciclo diario) y, a medida que se fue reservando el verano como época ideal de vacaciones, en las estaciones no veraniegas (en cuanto al ciclo anual), la referencia para el huso horario pasó a ser ésta; por expresarla claramente: en Europa occidental (región de nuestra polémica), el huso horario pasó a establecerse no llamando mediodía al momento del sol más alto, sino estableciendo aproximadamente que la primera hora de trabajo tuviese el mismo número (hora) en los amaneceres de invierno, es decir, en la hora inicial para la actividad económica en la estación central de la misma. Por ello convenía que toda la Europa continental compartiese el mismo huso horario, aunque éste fuese un huso un tanto deforme: porque con él todos empiezan a trabajar con el sol a la misma altura en el cielo. Basta un rápido vistazo con Google Earth a las sombras sobre la Tierra en las mañanas de invierno para comprobar que en esa época amanece más o menos al mismo tiempo en la Península Ibérica, Francia, Alemania y Escandinavia, quedando un tanto desplazado el Reino Unido de esa "línea del amanecer", lo que justificaría su conservación del huso horario siguiente (pero no Portugal).

5. Ahora bien, como a lo que se tendió fue a llamar con la misma hora la misma elevación del sol sobre el horizonte, en el proceso de racionalización de horarios y husos se pasó a tener en cuenta el hecho de que la hora de amanecer varía a lo largo del año, y de ahí surgió la idea de que existieran un horario de verano y uno de invierno. De modo que en invierno corre el horario para hacer que a lo largo del año, en las estaciones de actividad industrial-económica ordinaria, la hora de entrada al trabajo fuese siguiendo a la de salida del sol; como siempre, aproximadamente.

6. En cambio, la hora de comer se sigue rigiendo por el sol, de modo que en los países más al oeste se come más tarde que en los vecinos más al este.

7. Por tanto, cada vez que se plantea que España está fuera de su huso horario hay que saber bien de qué se habla, y especificar qué es lo que nos parece inadecuado, y se consciente de que todo tiene ventajas e inconvenientes, y por tanto cuáles son los inconvenientes de hacer lo que algunos proponen recurrentemente, que es poner toda España al huso de Canarias, Portugal y Reino Unido. Actualmente, de modo muy conveniente para las relaciones económicas internacionales de España, al comunicar con una empresa de uno de los países con que más relaciones tenemos sabemos que nuestras 11:35 son sus 11:35, y lo que hemos de tener en cuenta es que su pausa de la comida tiene lugar antes que la nuestra. Mientras que en Portugal, con +1 h respecto a España la pausa tiene lugar en el mismo momento (como corresponde a la contigüidad geográfica) pero a diferente hora (por estar en diferentes husos); típicamente empieza a las 13:00 h ES = 12:00 PT.
Por el contrario, si nos volvemos al huso de Portugal, a cambio de la discutible satisfacción que pueda producir el que los españoles podamos decir que comemos a la misma hora que portugueses o alemanes (aunque sólo fuere el mismo momento que los portugueses, y siguiere siendo diferente momento que los alemanes), perderíamos el hecho de que dejaríamos de llamar con la misma hora al mismo momento, y por ello necesitaríamos tener constantemente en cuenta el desplazamiento horario respecto a la mayoría de nuestros vecinos, por mucho que nos cupiese el relativo consuelo de hermanarnos más con Portugal.

8. Otro asunto es que hay que tener en cuenta que la línea del anochecer se inclina en ángulo contrario a la del amanecer, o que, equivalentemente, la duración del día varía con más amplitud cuanto más lejos estamos del Ecuador, por lo cual, en nuestro caso de Europa occidental, cuanto más al norte más corto es el día en otoño e invierno, y más largo en primavera y verano. De modo que en las épocas de mayor actividad laboral anochece antes cuanto más al norte, y por ello cuanto más al norte más necesidad hay de realizar una jornada laboral intensiva cuanto más depende ésta del sol, para poder aprovechar las horas de luz de después de la jornada laboral si las hay, y si no, refugiarse a tiempo en casita.

9. Y aquí entramos en una situación más opinable porque depende más de las circunstancias personales y capacidad de desempeño en el trabajo; a saber: si es preferible parar más o menos tiempo a mediodía. Así como cuanto más al norte menos opciones dan las horas de luz, casi obligando a una jornada intensiva, cuanto más al sur más libertad hay para disponer de un mediodía largo, con desplazamiento a casa incluido, o una pausa breve, que permita aprovechar las tardes al salir de trabajar.

No voy a entrar en más casuística porque creo que con lo dicho queda claro que los usos del tiempo, en especial en lo referido al trabajo, dependen de la duración de las horas de sol y su variación a lo largo del año, de la longitud y latitud geográficas, y el última instancia es entendible que den pie a preferencias individuales variadas.
Recomiendo en cualquier caso darse un paseo por Google Earth, clicar en mostrar sombras, y trastear con los controles de fecha y hora, para comprobar cómo se mueven las líneas de amanecer y anochecer y en general hacerse una idea general de lo que he tratado arriba.
Asimismo, recomiendo los siguientes vídeos, de los más técnicos y mejor explicados que podemos encontrar en YouTube en español (y en algunos casos en gallego, pero nos entendemos), en los que el físico Jorge Mira explica y debate al respecto:

27/04/2019

Elecciones y sentido del voto

Las elecciones son el mecanismo por el que los votantes eligen a sus representantes en los legislativos, y en ocasiones también a los líderes de los diferentes ejecutivos. En un sistema parlamentario, la elección del presidente del Gobierno o primer ministro no la hacen los votantes directamente, sino sus representantes nada más constituirse la(s) cámara(s), si bien dicho proceso puede tener lugar en medio de una legislatura, según ya he comentado.

Ahora bien, habitualmente se considera como un proceso claro y legítimo el que un presidente del Gobierno sea elegido a continuación de unas legislativas nacionales por el Parlamento correspondiente, y sin embargo se ha considerado repetidamente algo lejano al pueblo y menos democrática que lo anterior la elección del Presidente de la Comisión Europea por el Parlamento, o las elecciones de presidentes del Gobierno en Grecia, Italia y España en medio de legislatura. Uno de los motivos de esa negativa consideración es que en estos últimos casos no hay un candidato oficioso (es decir, previo a la constitución del Legislativo) a la Presidencia del Gobierno. Por el simple hecho de haberlo, aunque no tenga ninguna naturaleza legal, las cosas están más claras. Por tanto es más que recomendable, si no existe una elección independiente del presidente del Gobierno, reconocer la figura del candidato en las elecciones.

Hemos de tener claro que el sentido del voto, es decir, los motivos por los que un votante determina cuál va a ser su opción de voto, son al menos tres:

a) Partido al que vota (voto a ideas).
b) Candidato (oficioso en España, donde no está regulada esta figura) a la presidencia del Gobierno (voto a persona).
c) Candidato a representante por la circunscripción correspondiente (voto a persona).

Por tanto, un sistema de voto óptimo debería disponer de mecanismos por los cuales tener en cuenta esos tres sentidos, muy particularmente la regulación explícita de los candidatos a la presidencia del gobierno y la presencia en las papeletas no sólo del logotipo del partido y candidatos de la circunscripción, sino también del candidato a la presidencia al que apoyan.

En la actual práctica española, c) es lo que el votante tiene menos en cuenta, al haber listas cerradas, y esto se corregiría mediante listas abiertas o al menos desbloqueadas. Dominan a) y b) interfiriéndose notablemente, por lo que el sistema debería trabajar por separarlos hasta cierto punto.

El sentido del voto interfiere negativamente con las campañas electorales y cómo potencian la perniciosa tendencia humana innata a dividirse en grupos en conflicto. La elección de un jefe de gobierno es más primitiva, en el sentido de que se trata de escoger a un líder que debe encabezar un equipo monolítico. Ojo, primitiva no quiere decir menos deseable, pues tiene sus virtudes y sus ámbitos propios.

Pero en una campaña esto se mezcla con la presentación de programas, y aquí sí hay efectos corruptores de la naturaleza de las cosas políticas. Pues así como no es posible que un jefe de gobierno, o incluso el ocupante de un escaño sean dos personas (por el sencillo motivo de que uno no es igual a dos), cuando se trata de realizar programas legislativos no tiene por qué existir incompatibilidad, al menos no absoluta. Al distribuir escaños es más fácil repartir, ya que hay varios puestos.

En cambio, se suele mezclar el confrontar programas con el confrontar candidatos, y esto es especialmente relevante en lo que respecta a los debates electorales, ya que suelen ser de confrontación absoluta. Sin embargo, de acuerdo a lo dicho arriba, los debates podrían ser de diferentes tipos, cada uno con el objetivo de contribuir a aclarar un sentido del voto diferente.

Por un lado estarían los debates de candidatos, en los que de lo que se trataría sería de evaluar el perfil y cualidades personales de los mismos para el puesto que aspiran a ocupar. Este tipo de debates tiene poco sentido que sean a muchas bandas, ya que por un lado no son muchos los candidatos que pueden razonablemente aspirar a presidentes, y por otro a la hora de comparar y decidir u opinar quién ha “ganado” un debate (costumbre habitual), hay que tener en cuenta que la idoneidad de los diferentes candidatos no responde a un único criterio y podríamos hallarnos ante la imposibilidad de ordenarlos de mejor a peor por no tratarse de una relación transitiva; en otras palabras, que por ejemplo un candidato puede ser mejor que otro por una serie de motivos, éste mejor que un tercero por otros motivos más, y el tercero mejor que el primero de acuerdo a otras consideraciones. La conclusión es en cualquier caso que los debates de candidatos deben ser de uno contra uno, y si se asume que puede haber varios candidatos con opciones, lo que debería haber serían una serie de debates uno contra uno, al modo de liguillas deportivas.

Otro tipo de debates serían los de programas, que sería bueno que fuesen protagonizados por directores de programas y los especialistas de las diferentes áreas en que cada partido pueda organizar sus propuestas. Estos debates sí tendría sentido que fuesen multilaterales, pero no tendría sentido que se dijese quién ha ganado, porque los programas son susceptibles de superponerse hasta cierto punto, y las propuestas de unos ser compatibles con las de otros. También en este caso podrían existir varios debates, no sólo uno general, para tratar las diferentes áreas programáticas.

Siendo el tercer sentido del voto el de la opción por los candidatos de cada circunscripción, no tiene sentido que éstos debatan a nivel nacional, pero sí sería razonable que lo hiciesen a nivel regional o local para tratar la relación y el impacto de sus partidos y los candidatos los que apoyan en el territorio de la circunscripción.

En resumen, en el período de campaña electoral sería bueno que se organizasen tres tipos de debates electorales que ayudasen al votante a formar su opinión en los tres sentidos de voto: una serie de debates uno a uno con todas las combinaciones posibles entre los candidatos a presidencia del gobierno verosímiles; otra serie de debates programáticos multilaterales, tanto generalistas como por áreas, y debates por circunscripción entre miembros de las listas electorales.

La propaganda en campaña electoral es harina de otro costal. Así como los debates pueden contribuir a que el votante se informe, compare y reflexione, lo típico de las actuales campañas promueve el impacto visual, el lema y, en definitiva, la falta de reflexión, y por ello resultan rechazables, o al menos bien podrían separarse de las campañas. Esto es; algunos elementos que alteran hasta cierto punto el orden público, incitan a la división social, e incurren en grandes gastos (cartelería, mailings masivos, megafonía) no deberían estar promocionados desde el Estado ni estar admitidos de modo diferente a como lo están fuera del período electoral. Los carteles deben responder a su colocación ordinaria, por ejemplo en las sedes de los partidos o en las vallas publicitarias permanentes sin que sea necesario montar paneles para la ya absurda y sin sentido ceremonia de la pegada de inicio de campaña. Los mitines, megafonías y repartos de publicidad, aunque aumenten de frecuencia, se pueden celebrar según la regulación ordinaria de los derechos de manifestación, expresión y ruidos. Los mailings en papel, en el siglo XXI, sobran.

02/03/2019

Requisitos para aprobar las oposiciones: una reflexión más

Mediante esta entrada respondo brevemente a ésta sobre las oposiciones:

Lo que dice me parece razonable tomado aisladamente, pero tengo muchas matizaciones que hacer.  He escrito extensamente al respecto pero por lo pronto apuntaría un par de aspectos:
  • Notas en torno al 2 son como dice un suspensazo que inhabilitaría a quien lo sacase siempre que los contenidos del examen se ajusten a lo que se quiere evaluar, lo cual es dudoso. He demostrado con datos (en lo que he vivido, que es Galicia), y me han dicho miembros de tribunal, que la nota por encima de todo es una criba.
  • Aunque se puedan presentar licenciados o graduados de cualquier titulación, lógicamente cada uno opta a aquéllo en lo que está más formado, de modo que los conocimientos de la materia ya vendrían certificados por la Universidad (p.ej. uno no saca la carrera de Matemáticas sin saber Matemáticas de sobra como para impartirlas en Secundaria; de lo contrario, el problema lo tiene la Universidad).
  • Es inevitable que, aunque las Administraciones se propongan reducir al mínimo practicable el porcentaje de interinos, una parte no despreciable del profesorado lo sean, o sean sustitutos que cubren bajas, siendo por tanto gente que no ha superado los requisitos de conocimiento. Esto no es más que el reconocimiento de que las oposiciones no sirven para asegurar conocimientos algunos y por tanto a la función docente, sino para conceder empleos fijos de profesores funcionarios.
Por ello, las propuestas del "nuevo acceso docente", el "MIR de profesores" de Ciudadanos o simplemente el no funcionamiento del examen de la oposición como criba que creo recordar que ANPE ha planteado (las tres compatibles entre sí), harían de las oposiciones un proceso más auténtico, racional y ajustado a los tiempos.

24/02/2019

Ciudadanía, mayoría de edad y derecho de sufragio

Vivimos en una época en que se tiende a considerar los derechos políticos como algo innato a la persona. En otros tiempos, los derechos eran concesiones por parte del poder; pero desde que el poder pasó a los ciudadanos y desapareció la detentación personal, nadie se considera con capacidad de privar de derechos políticos a un semejante.

Y, sin embargo, constantemente trabajamos, vivimos y actuamos socialmente con ello. Ideologías ha habido que han llevado el principio democrático al extremo, pretendiendo que toda verdad procede del acuerdo entre varias personas puestas de acuerdo: debaten, definen su realidad y resuelven toda decisión o conflicto mediante votación.

Pero sabemos que la realidad no funciona así. Puedo creer que si salto por la ventana volaré sin apoyo mecánico, pero la realidad dictará lo que le parezca. Podemos decidir en casa que aparcaremos en medio de una calzada, pero si no logramos poner las leyes a nuestro favor, perderemos nuestro vehículo. Podemos abrigarnos para no acatarrarnos, como siempre me dijeron en casa, pero si me empeño en besuquear a mis amigos enfermos, acabaré igual.

En definitiva, hemos de plegarnos a la realidad. En asuntos humanos, la realidad no es tan clara como, digamos, en mecánica clásica, pero nos mantenemos en el marco del mismo principio; sólo que, a falta de mejores herramientas, recurrimos a personas autorizadas por la ley (funcionarios, jurados, parlamentos, etc.) para decidir a qué debemos atenernos, cómo actuaremos. Otras veces conferimos la capacidad de decisión en función de la propiedad privada, lo mismo en sociedades que en la vida privada. En definitiva, dependiendo de qué asunto estemos tratando, un tipo de personas u otro serán la autoridad en el asunto; y cuanto más ultrademócratas seamos, más asuntos consideraremos “votables”. Podríamos llegar al esperpéntico extremo soviético de votar la ciencia por puro rechazo a los conocimientos científicos previos.

En las democracias modernas, ambos extremos se combinan en una fusión más cercana a uno u otro. La dificultad reside en buscar qué parte de lo uno y de lo otro, qué mecanismos se organizan, para que cada tema se gestione de la mejor manera posible, y cada vez mejor.

Viene todo lo anterior a colación del tema de la ciudadanía y el derecho al voto porque, habiendo llegado como sociedades al consenso de la idea de democracia como óptimo principio político, existe una corriente crítica con ella que pretende mejorarla yendo a un sistema mejor, más benéfico para el ciudadano. La idea es, a grandes rasgos, aumentar el poder de las personas cualificadas (para cada ámbito) y reducir el de las que no lo están. Espero haber argumentado convincentemente en los párrafos anteriores que ya la democracia no es tan pura como para que admitir todo se vote, y argumentaré que su mejora no está tan alejada de ella como para que merezca la pena causar alarma diciendo que se trata de un sistema diferente y, por ello, antidemocrático.

Una crítica que resume los argumentos a favor y en contra de la democracia por parte de politólogos, economistas y filósofos, y que aboga por un sistema mejorado y además tiene voluntad bautismal para con él es la de Jason Brennan en Contra la democracia. En ella denomina epistocracia (“gobierno de los que saben”) al nuevo sistema. Basándose en los defectos de los sistemas electorales masivos, conocidos, modelizados matemáticamente y demostrados, centra la crítica en la capacidad del votante carente de los mínimos conocimientos sobre la realidad política, social y económica como para que se pueda considerar cualificado para tomar decisiones al respecto de la mayoría de ellas, sea directamente o por medio de representantes.

Por mi parte prefiero reservar el término “epistocracia” para la modulación del derecho al voto en función de los conocimientos; es en definitiva una de las cualidades que se pueden exigir dentro de un sistema más amplio de sufragio capacitario, es decir, al que se accede por cumplir una serie de requisitos más exigentes que los actuales (que consisten en la edad y poco más); para el sufragio capacitario pasivo prefiero reservar el término “meritocracia”.

A continuación traeré a colación y comentaré varias de las objeciones y conclusiones de Brennan, que redondean y completan, como sólo un profesional podía hacerlo, mis propias reflexiones previas al respecto.

Imaginemos lo siguiente: la mayoría de edad electoral se somete a debate; esto es, se plantea qué edad es la idónea para acceder a ese derecho. En tiempos pasados se ha rebajado de los 21 a los 18 años. De hecho, se viene extendiendo el derecho al voto continuamente en los últimos dos siglos: en función de un nivel de riqueza cada vez menor (sufragio censitario), de la obligación de servir al Estado con las armas poniendo a su disposición la integridad física personal como parte de los ejércitos, de las iguales capacidades (de origen) entre unos colectivos y otros… ¿Por qué no rebajar una vez más, a los 16?

Los detractores de esta última propuesta podrían plantear que hoy por hoy los 18 para el derecho al voto corresponden a la mayoría de edad general, pero entonces bastaría con mover ésta a los 16, mayoría de edad que ya plantean algunas leyes particulares para sus ámbitos de aplicación. Al fin y al cabo, cruzar la línea de los 18 no supone una diferencia cualitativa, en lo que a capacidades objetivas se refiere, respecto a unos días antes de cumplir esa edad.

Pero ¿por qué parar en los 16? ¿Por qué no ir hasta los 14, o 12 o 6, o… hasta el mismo nacimiento? Un momento, no nos pasemos: tan jóvenes no existe capacidad de decidir autónomamente. En fin, tanto rodeo para concluir que los 18 años actuales no son sino una edad convencional a la que a una mayoría estadísticamente significativa de los ciudadanos se les supone juicio suficiente.

Por cierto, que si conferimos derecho al voto a los que aún no tienen capacidad intelectual para ejercerlo libremente por su tierna edad y precisamente debido a esto último se lo otorgamos a sus tutores legales hasta el momento de la emancipación, habremos llegado al voto familiar: los votos de toda la familia los deciden las cabezas de familia que están a cargo.

Lo mismo si en lugar de tratarse sólo de incapacidad por motivos de edad se trata de incapacidad objetiva debida a cualesquiera condiciones intelectuales… De hecho, ¿por qué no comprobar directamente la capacidad intelectual? ¿Por qué no dejar de lado cualquier otra circunstancia accesoria e ir directamente a la capacidad?

¡Alto! Si seguimos por ahí encontraríamos, como dice Brennan, que seguramente muchos adultos no darían la talla en las pruebas de capacidad en cuestión. Si cuestionamos los actuales 18 años como criterio para la mayoría de edad electoral, acabamos cuestionando cualquier edad; de hecho, por lo dicho arriba, creo que podríamos acabar más cerca del voto familiar, defendido por algunas posiciones conservadoras, que del voto a los 16, defendido desde posiciones de izquierda, más tendentes a considerar los derechos como algo que se otorga y además el derecho al voto como un mecanismo de integración de los jóvenes en la vida adulta.

El derecho al voto es a menudo concebido como un reconocimiento a la dignidad de la persona; dejo el análisis sobre lo inútil de este concepto a Brennan, con quien estoy de acuerdo. Todo ello sin meternos en lo justo que pueda ser, que es otro asunto.

Además de eso, hemos de considerar una cuestión fundamental: que el voto confiere capacidad de influencia sobre los conciudadanos, y por ello tengo derecho a preocuparme por su uso ignorante, pernicioso o venal. De la misma manera que no aspiro a votar una decisión técnica sobre fontanería y estoy dispuesto a pagar a un asesor fiscal, tampoco quiero que nadie sin unos conocimientos mínimos tenga derecho a gobernar mi vida más allá de lo estrictamente necesario, y aun lo estrictamente necesario aspiraría a que fuese determinado por expertos.

La epistocracia de Brennan no es, como he dicho, un sistema diferente de la democracia occidental al uso en lo que a estructura se refiere, pero el cambio que plantea, que es la modulación del derecho al voto dando más poder a las franjas de población con más conocimientos de los varios ámbitos de la vida pública, es un punto clave que afecta a todo el sistema. O al menos eso promete, ya que, como Brennan dice, la epistocracia se puede plantear teóricamente como mejora de la democracia pero no hay hasta ahora pruebas de su buen funcionamiento porque a fin de cuentas ni siquiera se ha puesto a prueba nunca. Por ello, y porque Brennan defiende la epistocracia como una reforma moderada a partir de o dentro de la democracia, es por lo que digo que no se puede considerar un sistema organizativamente diferente, ni que viole ninguno de los principios fundamentales de las democracias.

Brennan plantea una serie de modelos o vías (propios u originales de otros) en que podría consistir la puesta en marcha de un sistema epistocrático:

a) Voto de objetivos: todos los votantes deciden los objetivos de la política, mientras que los “epistócratas” se encargan de definir cómo alcanzar dichas metas.

b) Sufragio restringido: el caso descrito arriba de limitar el voto a los que demuestren capacidades intelectuales (por ejemplo superando un examen), lo mismo que se exige demostrar capacidades a muchos puestos del Estado.

c) Voto plural (ya se practicó en el pasado en democracias pioneras como el Reino Unido): además del voto del común de los electores obtenido por criterios generales, quienes cumplan otros requisitos pueden conseguir votos adicionales.

d) Sorteo del derecho: antes de cada elección, se selecciona al azar a sólo una minoría de la población, que a continuación se somete a un proceso de adquisición de competencias. Es un sistema que puede adolecer de los mismos defectos que aquejan a tales procesos de adquisición ya conocidos, de que en lugar de contribuir a una formación positiva, produzca radicalizaciones y una competencia partidista por ganarse o manipular a los afortunados electores.

e) Sufragio universal con veto epistocrático: al sistema democrático habitual se añade un cuerpo formado por epistócratas con capacidad de vetar la legislación de otras cámaras. Esta función podría atribuirse, referida a una serie de competencias bien medida, a un Senado de méritos como el que describo aquí.

f) Simulación de oráculo: toma de decisiones seleccionando, para hacerles caso, a los sectores de población que, en cada campo, hayan demostrado conocimientos más acertados. Lo cual puede constituir un problema doble, pues ¿quién decide los conocimientos correctos para seguir decidiendo correctamente? Dicho de otra manera, si vamos a tener que determinar quiénes saben más, podemos directamente utilizar esos criterios para otorgar poder de decisión a esas personas.

En suma, de las anteriores propuestas me parecen aplicables la b) y la c), que se implementarían mediante exámenes de comprensión lectora y conocimientos políticos, económicos y sociológicos, y la e). De considerarse conveniente se podrían combinar con el voto familiar o con un criterio capacitario adicional:

g) Que los criterios de mayoría de edad electoral atiendan a méritos individuales, entre ellos la independencia económica, familiar e intelectual y otros criterios de ciudadanía plena. Tal derecho incluso podría no otorgarse a edad inferior a la mínima a que con carácter general se pueda finalizar la enseñanza superior, y éste sería el único residuo de concesión del derecho según criterio de edad que me parece admisible.

Dicho lo anterior para el derecho de sufragio, cabe añadir que la ciudadanía plena, tanto para nacionales como para extranjeros, lo mismo que la nacionalidad para extranjeros, podría ser una condición adquirida poco a poco a medida que se cumplieran los requisitos de “mayoría de edad” (que ya no sería tal, sino capacidad) en cada ámbito. Algo que, como hemos dicho, en la práctica ya ocurre en diferentes campos. Eliminar la referencia a una mayoría de edad general serviría para obligar a cada ley a definirla para su ámbito.