30/10/2012

Recálculos sobre las pasadas elecciones gallegas

Atendiendo a la petición de quien lo ha pedido, voy a hacer algunas reflexiones sobre las elecciones del domingo 21 de octubre en Galicia. Las reflexiones serán aritméticas, examinando las votaciones y extrayendo los resultados que se obtendrían de modificar el sistema electoral de diversas maneras.
El actual sistema electoral gallego sigue al general español en ser favorecedor de la formación de mayorías por diversos factores:


  1. división del voto por circunscripciones
  2. mínimo de 10 diputados por circunscripción y el resto en proporción a la población
  3. sin aprovechamiento de restos
  4. barrera de votos del 5% para que una lista sea tenida en cuenta en votación
  5. asignación de escaños según el sistema D’Hondt


En las diversas tablas de resultados presento los escaños que obtendrían los partidos según diferentes variaciones de cada una de esas condiciones. En cada tabla muestro sólo los partidos que obtendrían representación (resultados completos en la página oficial) según el método D’Hondt y, paralelamente, uno proporcional de restos mayores (redondeando los escaños a repartir según el porcentaje y ajustando sobrantes o faltantes según resto mayor).

Empezamos comparando los resultados reales con lo que saldría sólo de variar el punto 5. (sistema de reparto de escaños):


Coruña
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
260.941
46,80%
13
12
PSdeG-PSOE
107.381
19,26%
5
5
AGE (EU-ANOVA)
96.008
17,22%
4
4
BNG
55.499
9,95%
2
3

Lugo
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
97.325
52,86%
9
8
PSdeG-PSOE
42.728
23,21%
4
4
AGE (EU-ANOVA)
19.495
10,59%
1
2
BNG
16.539
8,98%
1
1

Orense
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
88.337
50,17%
8
8
PSdeG-PSOE
42.659
24,23%
4
4
AGE (EU-ANOVA)
14.164
8,04%
1
1
BNG
15.334
8,71%
1
1

Pontevedra
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
207.331
43,74%
11
10
PSdeG-PSOE
100.903
21,29%
5
5
AGE (EU-ANOVA)
70.434
14,86%
3
4
BNG
58.017
12,24%
3
3

suma Galicia
partidos


D'Hondt
proporc.
PP


41
38
PSdeG-PSOE


18
18
AGE (EU-ANOVA)


9
11
BNG


7
8

Con lo que se aprecia que la mayoría absoluta del PP se mantendría con un reparto proporcional de escaños.

Variando 2.: sin representación mínima por circunscripción, sino con el número de diputados por provincia proporcional a su población. Corresponderían:

provincia
Coruña
Lugo
Orense
Pontevedra
habitantes
1.145.488
355.195
335.642
963.511
diputados
31
9
9
26

Y repartiéndolos:

Coruña
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
260.941
46,80%
16
16
PSdeG-PSOE
107.381
19,26%
6
6
AGE (EU-ANOVA)
96.008
17,22%
6
6
BNG
55.499
9,95%
3
3

Lugo
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
97.325
52,87%
5
5
PSdeG-PSOE
42.728
23,21%
2
2
AGE (EU-ANOVA)
19.495
10,59%
1
1
BNG
16.539
8,98%
1
1

Orense
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
88.337
50,17%
6
5
PSdeG-PSOE
42.659
24,23%
2
2
AGE (EU-ANOVA)
14.164
8,04%
0
1
BNG
15.334
8,71%
1
1

Pontevedra
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
207.331
43,74%
13
12
PSdeG-PSOE
100.903
21,29%
6
6
AGE (EU-ANOVA)
70.434
14,86%
4
4
BNG
58.017
12,24%
3
4

suma Galicia
partidos


D'Hondt
proporc.
PP


40
38
PSdeG-PSOE


16
16
AGE (EU-ANOVA)


11
12
BNG


8
9

Es decir, la mayoría absoluta del PP se ve reforzada por la sobrerrepresentación de las provincias menos votadas sólo cuando hay reparto mayoritario, mientras que mantiene los mismos escaños con un reparto proporcional.
La diferencia más notable introducida por la representación igualitaria de las provincias estaría en que los nacionalistas quitarían varios escaños al PSOE (lo que nos da la idea de que el PSOE, y no sólo el PP como se podría pensar, es un partido “tradicional” en las provincias de menor población y más rurales).

Variando 1.: circunscripción única (cómputo para toda Galicia):

Galicia
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
653.934
46,99%
39
38
PSdeG-PSOE
293.671
21,10%
17
17
AGE (EU-ANOVA)
200.101
14,38%
11
12
BNG
145.389
10,45%
8
8

Una vez más, es el reparto D’Hondt lo que apuntala la mayoría absoluta, mientras que mantiene los mismos escaños con un reparto proporcional.

Introducimos ahora la variación de 4.: sin barrera electoral. Por no multiplicar las tablas, lo hago también variando 2. (diputados proporcionales a la población de la provincia):

Coruña
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
260.941
46,80%
16
15
PSdeG-PSOE
107.381
19,26%
6
6
AGE (EU-ANOVA)
96.008
17,22%
6
5
BNG
55.499
9,95%
3
3
UPyD
10.400
1,87%
0
1
Eb
8.693
1,56%
0
1

Lugo
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
97.325
52,87%
5
5
PSdeG-PSOE
42.728
23,21%
2
2
AGE (EU-ANOVA)
19.495
10,59%
1
1
BNG
16.539
8,98%
1
1

Orense
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
88.337
50,17%
6
5
PSdeG-PSOE
42.659
24,23%
2
2
AGE (EU-ANOVA)
14.164
8,04%
0
1
BNG
15.334
8,71%
1
1

Pontevedra
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
207.331
43,74%
13
11
PSdeG-PSOE
100.903
21,29%
6
6
AGE (EU-ANOVA)
70.434
14,86%
4
4
BNG
58.017
12,24%
3
3
UPyD
7.985
2,02%
0
1
SCD
9.566
1,04%
0
1

suma Galicia
partidos


D'Hondt
proporc.
PP


40
36
PSdeG-PSOE


16
16
AGE (EU-ANOVA)


11
11
BNG


8
8
UPyD


0
2
SCD


0
1
Eb


0
1

La eliminación de la barrera electoral es interesante porque da entrada a partidos pequeños, y es el sistema propio de un parlamentarismo pluralista y donde se mantiene la separación respecto al Ejecutivo (sobre lo que me extenderé al final).
La mayor diversidad se obtiene sin embargo cuando se reúnen todos los restos y se minimizan haciendo el cómputo de circunscripción única. Al fin y al cabo, sin ninguna clase de barrera, en un parlamento con 75 diputados parece bastante entendible que para obtener un diputado sea necesario 1/75 = 1,33% de los votos. Por tanto, variando 4.: sin barrera electoral y 1. circunscripción única:

Galicia
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP
653.934
46,99%
38
35
PSdeG-PSOE
293.671
21,10%
17
16
AGE (EU-ANOVA)
200.101
14,38%
11
11
BNG
145.389
10,45%
8
8
UPyD
21.212
1,52%
1
1
Eb
17.116
1,23%
0
1
SCD
15.781
1,13%
0
1
CxG
14.459
1,04%
0
1
PACMA
7.729
0,56%
0
1


De todas formas, quiero introducir un último rizo agrupando partidos similares según sus programas (y suponiendo que hubieran obtenido los mismos votos). De esto se ha hablado en particular en referencia a la división del nacionalismo (la división de la izquierda ya es algo más habitual) en dos grupos principales: el tradicional BNG y la nueva coalición ultraizquierdista AGE. Seguro que el lector podría hacer otras agrupaciones de partidos, pero después de un somero repaso de los programas me he inclinado por las siguientes:


Voy a presentar los resultados de estos agrupamientos primero por provincias, variando sólo 4. sin barrera electoral y 2. diputados proporcionales a la población de la provincia:

Coruña
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP+SCD
263.734
47,30%
15
15
PSdeG-PSOE
107.381
19,26%
6
6
AGE+BNG+CxG+COM.GAL.+PT
159.504
28,60%
9
9
UPyD+Eb+Hartos+DeC+Pirata+ADCG
19.093
3,42%
1
1

Lugo
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP+SCD
97.947
53,20%
5
5
PSdeG-PSOE
42.728
23,21%
2
2
AGE+BNG+CxG+COM.GAL.+PT
37.499
20,37%
2
2
UPyD+Eb+Hartos+DeC+Pirata+ADCG
4.227
2,30%



Orense
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP+SCD
91.137
51,76%
5
5
PSdeG-PSOE
42.659
24,23%
2
2
AGE+BNG+CxG+COM.GAL.
32.962
18,72%
2
2
UPyD+Eb+Hartos+DeC+Pirata+ADCG
3.515
2,00%



Pontevedra
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP+SCD
216.897
45,76%
12
12
PSdeG-PSOE
100.903
21,29%
6
6
AGE+BNG+CxG+COM.GAL.+PT
134.769
28,43%
8
7
UPyD+Eb+Hartos+DeC+Pirata+ADCG
14.865
3,14%
0
1

suma Galicia
partidos


D'Hondt
proporc.
PP+SCD


37
37
PSdeG-PSOE


16
16
AGE+BNG+CxG+COM.GAL.+PT


21
20
UPyD+Eb+Hartos+DeC+Pirata+ADCG


1
2


Y de nuevo lo más variado se obtiene variando también 1. (circunscripción única):

Galicia
partidos
votos
% votos
D'Hondt
proporc.
PP+SCD+CDL+C.XXI
672.173
48,30%
37
36
PSdeG-PSOE
293.671
21,10%
16
16
AGE+BNG+CxG+COM.GAL.+PT
364.734
26,21%
20
20
UPyD+Eb+Hartos+DeC+Pirata+ADCG
41.700
3,00%
2
2
PACMA
7.729
0,56%
0
1

De todo lo anterior se obtiene por fin que, con los votos emitidos el domingo 21/10, ni siquiera en el escenario menos favorecedor de mayorías sería fácil el desbancar al PP del Gobierno gallego, ya que la imposibilidad de pacto entre la agrupación nacional-izquierdista AGE+etc. y UPyD impediría a las izquierdas alcanzar la mayoría absoluta necesaria, dejando como únicos escenarios posibles el pacto del PP con uno o los dos partidos pequeños o el gobierno de concentración de PP + PSOE (+ pequeños en su caso, aunque no serían necesarios).



He de volver, sin embargo, a una idea de la que hablé en una entrada anterior, de que estas cábalas sobre mayorías absolutas en los parlamentos tienen especial importancia cuando el Legislativo (parlamento) y el Ejecutivo (gobierno) no están convenientemente separados, en especial en lo que se refiere al nombramiento y censura del Presidente.
Al Presidente se lo podría elegir o destituir por un procedimiento distinto al actual de elección por el Parlamento, por ejemplo en votación directa de los ciudadanos o, en el procedimiento que yo defiendo de Junta de candidatos, salir de las elecciones al Parlamento pero mediante un procedimiento paralelo que sería:
  • Al candidato de cada partido se otorgan los puntos de un total de 33 que le correspondan del reparto según los votos obtenidos por el sistema D’Hondt. (Escojo el 33 por ser un número impar para impedir empates, y el menor que permite entrar a los grupos que superen el 3% de votos.)
  • Cada candidato debe votar a uno de los dos partidos más votados.
Los puntos de los partidos que conseguirían alguno quedarían:

partidos
votos
% votos
puntos D'Hondt
% puntos
PP+SCD+CDL+C.XXI
672.173
48,30%
16
48%
PSdeG-PSOE
293.671
21,10%
7
21%
AGE+BNG+CxG+COM.GAL.+PT
364.734
26,21%
9
27%
UPyD+Eb+Hartos+DeC+Pirata+ADCG
41.700
3,00%
1
3%

Así tendríamos que los dos posibles candidatos a la Xunta serían los Sres. Feijóo (PP) y Beiras (AGE). Y podrían darse dos escenarios (si no es mucho suponer que cada uno de esos candidatos se votaría a sí mismo) en cuanto a los porcentajes de apoyo (que sería el porcentaje de diputados y de votantes requerido para aprobar una moción de censura según el procedimiento que he propuesto):
  • Que los votos se polarizasen de la manera más equilibrada entre los dos: cualquiera que fuera el ganador, tendría sólo 17/33 = el 52% de apoyo.
  • Que los votos se concentrasen en el candidato del PP, que tendría un 24/33 = 73% de apoyo, y sería prácticamente indesbancable.
Y con ello tenemos al mismo tiempo un Parlamento plural, dedicado a lo suyo, que es hacer leyes, y un Gobierno sólido y monolítico como debe ser, un equipo formado por el Presidente, dedicado a gestionar la Administración.

17/10/2012

Sistema electoral más proporcional

Habiendo hablado en anteriores entradas del Senado y de la elección del Presidente del Ejecutivo, voy ahora al sistema electoral de las elecciones al Congreso de los Diputados, que por vías indirectas es crucial en el sometimiento del Ejecutivo al Legislativo. Tomo como referencia el Informe del Consejo de Estado sobre las propuestas de modificación del régimen electoral general para hacer una propuesta que es variación y va más allá de una de las apuntadas por éste.

Empecemos por dos de los defectos principales que se achacan al sistema actual, establecido por la LOREG del 85 (punto IV.2.1. del Informe):
  • La distribución de escaños entre circunscripciones: el mínimo de representación a que obliga la Constitución está fijado por la actual ley electoral en 2 diputados por provincia y uno por ciudad autónoma, por lo que sólo 248 escaños se reparten proporcionalmente a la población, lo que hace que en las provincias menos pobladas los escaños cuesten menos votos, o lo que es lo mismo, que en las más pobladas los votos valgan menos escaños.
  • La asignación de escaños a las listas votadas en cada circunscripción: el sistema de reparto D'Hondt vigente favorece a los partidos mayoritarios en cada circunscripción en detrimento de los minoritarios. En la práctica esto beneficia a los dos grandes partidos nacionales, que atraen el voto útil de la izquierda y la derecha, y a los nacionalistas, que tienen sus escasos votos concentrados en unas pocas circunscripciones, y perjudica desde hace tiempo a IU y últimamente a UPyD (por tener una referencia, en las elecciones generales de 2008, IU tuvo el triple de votos que el PNV, pero un tercio de diputados; o en las de 2011, UPyD tres veces y media los votos de Amaiur pero 5 diputados frente a 7, etc.). No cabe duda de que esta regla, unida al sistema de elección de Presidente del Gobierno del que ya me he ocupado, ha contribuido a la deficiente representación de las ideas de los españoles y a la desproporcionada capacidad de exigencia de partidos minoritarios de voto concentrado geográficamente en aras de la estabilidad política, asentando la posición de los dos grandes partidos.
En su informe, el Consejo de Estado enumera claramente y analiza algunas de las reformas propuestas; por situarnos en el escenario en que nos movemos, las resumo a continuación. Algunas ya están dentro del abanico de opciones que la Constitución permite:
  • Reducir la representación mínima por provincia de 2 a 1 diputado.
  • Aumentar el número de diputados a 400.
  • Sustitución del sistema de reparto de escaños D’Hondt por uno más proporcional.
  • Eliminación del mínimo del 3% de votos por circunscripción para que una lista se considere en la asignación de escaños.
Otras requerirían reforma constitucional:
  • Consideración de la Comunidad Autónoma como circunscripción electoral.
  • Supresión de la representación mínima inicial por circunscripción.
  • Establecimiento de una circunscripción nacional para la elección de parte de los diputados y la distribución de restos de votos.
Actualmente hay una situación que me parece particularmente indeseable en el sistema electoral que tenemos en España, y es el que los votos que no consiguen contar para la asignación de escaños en una circunscripción (los llamados “restos”) resultan literalmente inservibles. En algunos casos, reunidos todos estos restos a nivel nacional suponen un número de votos considerable, llevando a situaciones paradójicas como las descritas arriba.
El Consejo ofrece en el punto IV.3.1.c.iv “Opciones para la mejora de la proporcionalidad del sistema” una opción de distribución de escaños según restos que se mantiene dentro de la Constitución porque mantiene como circunscripción electoral la provincia, ya que las listas sólo se podrían presentar por provincias.
Yo presento a continuación un sistema que va un poco más allá en ese aspecto de reunir restos y atribuirles escaños, y que sí requeriría la reforma constitucional, ya que incluye una circunscripción nacional; pero que en todo caso pretende corregir varios defectos en el planteamiento y en la práctica electoral del actual sistema de atribución de escaños.
Este sistema tendría las siguientes características fundamentales:
  • Las circunscripciones tendrían dos niveles: las diversas territoriales (como las que existen en el sistema actual) y una a nivel nacional por encima de ellas, que se podría votar desde cualquier circunscripción.
  • Los partidos podrían presentar listas en cualquiera de ellas, incluso combinando varias (es decir, presentando la misma lista en varias circunscripciones).
  • Allí donde un partido presentase una lista territorial además de la nacional, los electores podrían optar por cualquiera, aunque no por ambas a la vez.
El procedimiento constaría de los siguientes pasos:
  1. Se determina el número de diputados a elegir mediante la regla que sea (o estableciéndose un número fijo como ahora).
  2. Se determina el número de votos que otorgan un escaño (lo que se llama cuota electoral = votos totales válidos emitidos / nº diputados a elegir).
  3. En cada circunscripción, a cada partido corresponden tantos representantes como sea el cociente entero de la división del número de votos obtenido entre la cuota electoral. Dicho de otra manera, se “rellenan” los escaños de cada lista con los votos que obtiene, quedando el resto que no alcance el mínimo necesario para un escaño.
  4. Estos restos (es decir, los votos de los partidos que por el cálculo anterior no hayan servido para otorgar representación) se acumulan entre todas las circunscripciones territoriales con los votos obtenidos por el partido en la circunscripción nacional, y se asignan en ésta los escaños del mismo modo que en 3.
  5. Como aún quedan restos de votos y escaños sin cubrir (porque en los pasos 3 y 4 se ha cogido la parte entera), dichos escaños serán otorgados a las listas de la circunscripción nacional que tengan los restos mayores.
Este procedimiento gozaría de las siguientes, en mi opinión, virtudes:
  • Todos los escaños valdrían el mismo número de votos, en todas las circunscripciones, evitándose la actual distribución desigual de escaños según circunscripciones.
  • Frente a la exagerada situación actual, se perdería en restos un número de votos mínimo, ya que sólo quedarían sin escaño formaciones que no lograsen reunir en total el número de votos mínimo para obtener un escaño.
  • Se obligaría a los partidos a evidenciar de cara al votante la unidad de sus candidaturas en diferentes circunscripciones, en especial frente a la tendencia que coaliciones, que tienen la intención actuar a una, pueden mostrar a presentar siglas diferentes según el territorio de que se trate.
  • Permitiría a los partidos una flexibilidad presentando listas de acuerdo a sus intereses e ideas, pues podrían agrupar varios territorios en una misma candidatura, o sólo presentar listas específicas en algunos territorios y en el resto dejar sólo la nacional, o presentar sólo una lista nacional. Generalizando aún más este principio, se podría permitir que cada partido elaborase sus circunscripciones particulares, presentando listas específicas en una selección de colegios electorales de su elección: el votante seguiría teniendo para ese partido papeletas con la lista nacional y, en su caso, con la particular de su territorio que el partido plantee.
  • Los partidos tendrían que vincular más los candidatos a las circunscripciones, evitándose así el “paracaidismo electoral” (la habitual práctica de las direcciones de los partidos de colocar en primera línea nombres conocidos desligados de las bases): los electores disgustados por tal práctica, que creyesen que dichos “cabezas de serie” no representan adecuadamente a su territorio, podrían obviarlos y votar directamente a la lista nacional, en caso de existir.
  • Se fomentaría la participación mediante la competencia entre circunscripciones, incentivándose el voto de quienes deseasen que su sufragio fuese a parar a un representante específico de su territorio en lugar de acumularse para la lista nacional.
  • Se obtendría una representación fidedigna de las ideas de los votantes, y aunque esto pudiese producir una fragmentación parlamentaria  indeseable para la estabilidad del Gobierno, habría que tener en cuenta determinadas reformas en la elección y destitución del Presidente como las que ya he tratado en entradas anteriores del blog.
  • El número de diputados no afectaría apenas a la proporcionalidad del sistema, con lo cual sería irrelevante el debate de si conviene aumentar el número de diputados para aumentar la proporcionalidad frente a reducirlos para ahorrar gastos.
No entro en ningún momento en el modo en que a esos escaños se les pondrían nombres concretos de diputados. Estoy dando por hecho que la representación mediante partidos sirve para reflejar las ideas de la gente, y que éstas son representadas por los partidos y sus ideologías, no por los nombres concretos que ocupen los escaños. Por tanto estoy considerando que la atribución de escaños a los partidos sería independiente de la capacidad de los ciudadanos para mover nombres en las listas mediante un sistema de listas desbloqueadas (cosa que el Consejo de Estado también repasa en su informe).

12/10/2012

Definiciones de nacionalismo


Un reciente intercambio de pareceres con un antiguo compañero me ha llevado a cristalizar una serie de conceptos acerca de la definición de nacionalismo y de determinados juegos de palabras y conceptos a que dan lugar.

Podemos considerar una inicial definición de nacionalismo como la ideología política que considera y pone en valor la pertenencia de un conjunto de personas a una comunidad política soberana o nación. Esto correspondería con los nacionalismos:

  • integradores (en pro de la unificación política de comunidades previamente desunidas: casos notables de Alemania e Italia en el s. XIX, o en España y Portugal el iberismo);
  • disgregadores (que pretendan la ruptura de una unidad nacional y han sido la mayoría a lo largo de la Historia);
  • continuadores en pro de una unidad nacional ya existente.

Sin embargo, el tiempo y la experiencia política con el transcurso de la Historia nos permiten ir discerniendo diferentes tendencias y actitudes que han surgido a partir de esa idea primera.

Hay un motor del nacionalismo que es de base cívica e igualitaria, que pretende el establecimiento de una comunidad de individuos libres, y por tanto de entronque claramente liberal. Sea mediante la eliminación de barreras establecidas por las vicisitudes históricas o la separación respecto a una tiranía, todo nacionalismo apela en un momento u otro a esta idea, atractiva como es la libertad para cualquier persona.

Ahora bien, no resulta difícil pasar de ese mero liberalismo orientado a un grupo de personas a la exaltación de las diferencias de dicho grupo respecto a otros. Al fin y al cabo alguna causa de etnogénesis debe haber mediado para que ese grupo se pueda considerar diferente y separable de la nación a la que hasta ese momento pertenece.

Así llegamos al concepto de nacionalismo (en mi opinión) propiamente dicho: cuando se pasa de exaltar las ventajas de la hermandad, igualdad ante la ley y libertad individuales, que casualmente se aplicarían a un conjunto de individuos con unas características particulares, a exaltar dichas características particulares por sí mismas por encima de, precisamente, la libertad e identidad individuales.

Ahora bien, por referirme particularmente a las ideas que circulan en el ambiente político de España, como en entradas anteriores, tengo la sensación de que en nuestro país el término nacionalismo se aplica más criticando a otros que reivindicando posiciones propias. En cualquier caso, se usa en general para indicar una exaltación de características comunes en un colectivo de personas.

Curiosamente, existe otro uso que se retrotrae a aquella primera situación de la que hablábamos, y que es más sencillo: que nacionalismo sería simplemente considerar que un grupo de personas determinado es una nación. Lo cual puede ser algo novedoso y discutible en casos de construcción nacional, y algo obvio cuando la nación está ya establecida (sea por las corrientes de la Historia o además por un texto constitucional).

Hace años que oí a una persona que usaba el término “nacionalismo” en ese sentido laxo defender tal definición. Curiosamente, el que sea un significado más sencillo que el poner la identidad colectiva por encima de la individual no quiere decir que tenga una intención neutra. Pues si, como hemos dicho, en unos casos puede implicar la modificación de una situación preexistente y en otros la conservación del statu quo, dicha concepción engloba bajo el mismo término a dos posiciones que pueden ser antagónicas, y puede por tanto tener la intención de equiparar a una con la otra.

(No puedo tampoco dejar de decir que una “construcción nacional” me parece una paradoja en sí misma, porque si no existe la nación previamente, la entidad por la que se lucha es una irrealidad, y si ya existe, ya no es necesario luchar por crearla. Lo que me lleva a pensar que las “construcciones nacionales” sólo sirven para situaciones intermedias, para ahondar diferencias que de modo natural han surgido previamente.)

La experiencia histórica y política que decía arriba nos ha enseñado que existe una posibilidad de una defensa activa de la unidad nacional que no es exaltación de la identidad colectiva por delante del respeto a la individual. En la Alemania post-II Guerra Mundial, escaldada de la barbarie nazi, se le dio incluso nombre: patriotismo constitucional, una idea que se mantiene en la línea liberal, legalista y democrática que había alimentado el nacionalismo igualitario del s. XIX.

En la España actual no es dominante la exaltación nacionalista del conjunto, de la nación española. La mayoría simplemente se considera igual ante la ley en comparación con los demás españoles y actúa en consecuencia. Por otro lado, el tipo de nacionalismo dominante es uno regional separador, que hace hincapié en las diferencias de la gente según su lugar de nacimiento o vivienda, o al menos de adscripción étnica sentimental. A este nacionalismo disgregador se oponen dos tendencias hoy en día minoritarias (aunque en muchos otros países son más dominantes):
  • un nacionalismo español (el españolismo con sentido despectivo), sea el practicado en tiempos de la dictadura despertado ahora del letargo, o de nuevo cuño como reacción a los nacionalismos disgregadores rampantes, que exalta las características comunes a los españoles en sí mismas, y
  • un patriotismo constitucional (a veces llamado constitucionalismo) cuya consciencia sí ha surgido ex novo también como reacción antidisgregadora, que defiende de los valores democráticos de igualdad ante y respeto a la ley, y que considera que la identidad es una cuestión privada y la nacionalidad, una administrativa.

Estas dos tendencias pueden confundirse, y sus actos a veces confluir, por su coincidencia en defender la unidad nacional española, pero un observador agudo no ha de dejarse engañar por esta conjunción superficial, pues a poco que se escarbe o que ambas tendencias se hayan de posicionar ante temas variados, se evidencia que una es tan nacionalista (= exaltadora de rasgos colectivos) como los nacionalismos regionales y la otra es en realidad opuesta a ambas.

En una reflexión personal y la más subjetiva de esta entrada sin duda, uno no puede dejar de pensar que el englobar ambas tendencias es una confusión voluntaria en la izquierda con la que justifica su comunión histórica con los nacionalismos disgregadores, ella que debería ser y a ratos aún se considera internacionalista e igualitaria. Pero es un juicio de intenciones, y las intenciones verdaderas debe juzgarlas cada persona para sus adentros.

Apunto finalmente que los nacionalismos exaltadores de lo colectivo frente a lo individual me parecen los más propensos al imperialismo: sea por la consideración de superioridad frente al vecino en caso de naciones consolidadas (p.ej. el colonialismo histórico), como por medio del irredentismo en el caso de naciones nuevas.

NOTA: Aprovecho para mencionar Etnonacionalismo, de Walker Connor, como buen repaso de una tipología particular de nacionalismo.

07/08/2012

Corrupción en el mercado de la gestión de la Calidad

Después de unos años trabajando en el ámbito de la gestión de la calidad, y habiendo llegado a mi momento más alto en él justo antes de dejarlo, quiero dejar una reflexión crítica acerca de una parte del funcionamiento del mismo: el mercado generado en torno a la implantación y evaluación de Sistemas de Gestión de la Calidad (SGC).

Para quien no esté familiarizado con el tema, partiré de una pequeña introducción. Un SGC es un conjunto de normas que una organización puede seguir en su funcionamiento interno. Originalmente concebidas y aplicadas dentro del mundo de la gran industria, eran los procedimientos que debían asegurar la calidad del producto en términos absolutos.

Con el paso del tiempo los SGC y sus normas de referencia se fueron refinando y el concepto de Calidad abstrayendo: mientras al principio consistía en obtener un producto con unas cualidades absolutas (es decir, el concepto común que manejamos cuando decimos que algo es de calidad), Calidad pasó a significar un producto que cumpliese unos cualesquiera requisitos que se quisiese obtener.

Por poner un ejemplo, un cuchillo no es de calidad si “vino de Venezuela con la abuela” y aún está afilado 40 años después: si el cliente de una fábrica de cuchillos ha pedido cuchillos romos, difícilmente le venderán esos cuchillos bien afilados.

Por tanto, al final, tener un SGC significa tener unos mecanismos que aseguren el cumplimiento de unos determinados requisitos, o dicho de otra manera, que se haga lo que se pretende hacer. Como esta idea puede aplicarse a cualquier ámbito de una organización, no sólo a la obtención del producto final, al final un SGC lo que hace es asegurar el gobierno eficiente de la organización (cosa particularmente relevante en el caso de empresas).

En gestión de la Calidad (GC) se fueron elaborando diversas normativas, conjuntos de procedimientos que expertos en organización y gestión fueron refinando con los años a medida que el propio concepto de Calidad se iba generalizando. Muy notablemente, las normas de la serie ISO 9000 en sus sucesivas ediciones se han convertido en un referente de primer nivel: infinidad de organizaciones siguen la norma ISO 9001 de GC, es decir, han incorporado los requisitos de dicha norma a los de su funcionamiento interno.

Y aquí vamos poco a poco llegando a la corrupción. Algunos de estos estándares internacionales han sido incorporados por diversas organizaciones no sólo como requisitos internos, sino como requisitos exigibles a entidades externas. Por tanto, ya no sólo se trata de que, por ejemplo, una empresa funcione según la ISO 9001 internamente y las compras a proveedores se revisen al llegar éstas a la empresa propia, como el centinela en la garita; antes bien, ahora se hurga en el origen de lo que entra, se revisa al proveedor mismo.

De este modo, el requisito de seguir una determinada norma en el SGC, la ISO 9001 en este caso, se va extendiendo como mancha de aceite por el tejido económico, a través de las incontables relaciones cliente-proveedor.

Quizá aún circule el bulo entre las empresas ignorantes del mundo de la Calidad que dice (según variantes), que un SGC que siga la ISO 9001 debe también exigir seguirla a sus proveedores. Lo cual queda rebatido mediante la simple lectura de la norma, donde no se establece tal cosa. Me da a mí que dicho bulo es producto no sólo de la ignorancia de empresas acerca del tema, que se dejan exigir por otras, sino también de la ignorancia o incluso la deliberada recomendación engañosa de las empresas consultoras que viven de ayudar a otras a implantar SGC, con el afán de engordar la clientela precisamente.

Lo que sí establece la norma ISO 9001 es la certificabilidad, es decir, el que se pueda determinar que una organización se ajusta a la norma. Esto lo permite el que la norma establezca claramente sus requisitos. Precisamente es la certificabilidad lo que permite a unas organizaciones examinar (auditar, en la terminología de Calidad) a otras.

Esto en sí no es malo. Los expertos, con el paso de los años, han elaborado una norma que ayuda a cualquier empresa, u organización de otra clase, a cumplir lo que su dirección decida, a gobernarse mejor en definitiva. Pero la corrupción se empieza a deslizar por medio de la situación ya mencionada de que los clientes demanden de sus proveedores el regirse según una norma de Calidad. Pues aquí se está introduciendo al fin y al cabo la intermediación de la norma como referencia; es decir, estamos dejando que sea la norma la que nos diga lo adecuado que es nuestro proveedor, y por tanto apartándonos del objetivo.

Este apartamiento ocurre en la realidad cada vez que un cliente exige a su proveedor no sólo que le proporcione un producto o servicio según unos determinados requisitos de modo fiable, sino además que se gestione de una determinada manera para lograrlo. Este último no debería ser objetivo de ninguna entidad cliente.

Pues bien, la exigencia de una modalidad de gestión concreta y no de un cumplimiento básico de requisitos es un primer paso hacia la corrupción. Un paso más se da cuando no sólo se exige tener un SGC o adecuarlo a una norma determinada, sino cuando se delega en terceras partes la verificación de dicha adecuación. O lo que viene a ser lo mismo, cuando se demanda una certificación del SGC del proveedor. Así nos apartamos más aún del objetivo verdadero, estableciendo otro intermediario.

Lo peor de todo, que culmina la corrupción de la GC, es que no es el cliente demandante de una certificación el que paga al certificador. Si no estamos acostumbrados a los usos del mundillo, nos parecería de lo más lógico que una empresa interesada en saber si un potencial proveedor cumple con determinados requisitos, pague al especialista en dichos requisitos para que lo compruebe. Ese especialista puede ser personal de la propia empresa, o de una tercera.

Sin embargo, el consenso general en otorgar confianza a esos terceros, a entidades certificadoras como verificadoras de la conformidad de un SGC con la norma, es el mecanismo más atractivo para la comodidad de los potenciales clientes, para que éstos deleguen dichos terceros certificadores. De ese modo, una empresa proveedora puede confiar en que su certificación atraerá a clientes que o bien no sean conscientes de lo que significa realmente un SGC o no puedan permitirse pagar a alguien que de su parte examine a posibles proveedores mediante el expediente de arreglárselas para conseguir un certificado.

Por tanto es a la empresa certificada a quien le merece la pena pagar a un certificador, porque el certificado servirá de bandera que atraerá a muchos posibles clientes. Y éste es el punto central de la corrupción de la que hablamos: el examinador está a sueldo del examinado. Lo cual genera una dinámica de tiras y aflojas entre el cliente que quiere tener un certificado y paga por él y el certificador que debería poder negarlo pero sufrirá asimismo una tendencia a no hacerlo debido al riesgo de perder al cliente. Y hace que los certificados estén garantizados por el pago: pues la certificadora dirá a su cliente, que quiere certificarse, qué tiene que hacer para finalmente pasar el examen. Lo cual, visto desde el punto de vista del concepto de examen que todos tenemos, queda un tanto irregular.

Con todo, no olvidemos que en esto, una vez más, el cliente es quien tiene la razón (la culpa). La abundancia de clientes que, por ignorancia o ahorro, demandan empresas certificadas fiándose ciegamente de las certificadoras es al final el sustrato del que se alimenta todo un mercado de GC. La ignorancia o escasez de medios de las empresas que se quieren certificar han creado también un mercado no de la certificación sino ya de la GC, pagando a consultoras especializadas que se ocupan ellas mismas de dicha gestión.

El ciclo corrupto es el siguiente: existe un ambiente general en el que se considera que tener un SGC certificado da buena imagen. Como los posibles clientes podrían demandar certificados, los posibles proveedores se adelantan a conseguirlos, y para ello pagan primero a consultoras que les “arreglan los papeles” (pues en esto consiste al final en muchos casos la implantación de un SGC y su certificación) y luego a certificadoras que se los evalúan. Una vez certificada la empresa en cuestión, añade el logo de la certificadora a su publicidad (pues no basta con simplemente informar de la certificación).

En el sector servicios, donde la GC es abstracta, es donde con mayor facilidad se llega a este extremo, ya que los servicios prestados, que no son ellos mismos sino un producto abstracto, están más próximos a la abstracción de ese valor que es un certificado. Incluso los más convencidos de la utilidad de un SGC como medio de gobierno eficiente no son capaces de trasladar dicho convencimiento a otros miembros de la organización. Porque nadie sabe demasiado en qué consiste la GC. De hecho, hemos llegado a la deplorable corrupción del término Calidad, que para muchos (especialmente en el sector servicios) significa meramente “formato”. Calidad no es eso: es una gestión eficaz y eficiente.

Las propias certificadoras, que son los expertos supremos en SGC, pueden favorecer dichas superficialidad y confusión si prestan más atención a los papeles que a los hechos, más a los documentos que a los procesos de la organización en sí. Por ello, las organizaciones con una consciencia suficiente de lo que es y para qué sirve un SGC tienden a rechazar las certificadoras teóricas y “documentalistas”, y a buscar a las que tengan una visión práctica, que ayuden a la mejora real de los procesos.

El ciclo virtuoso, auténtico, sería como sigue: una organización reconoce el valor de un SGC que siga un estándar internacional, que ha sido refinado por especialistas a lo largo de muchos años, como ayuda para gobernarse mejor. Por tanto intenta implantarlo en sí misma. Además, considera útil que sus proveedores se ajusten internamente a los requisitos que les pone como cliente, y por tanto audita (examina) a cada uno de éstos por medio de personal propio siempre que lo considera necesario.

Desde luego, esta segunda situación mataría de un plumazo el mercado de la GC, pero tampoco hay por qué ser tan radicales. Las consultoras y certificadoras sí tienen un motivo y un papel. En mi opinión, la adecuada acción de una consultoría como especialista en la GC sería dar el empujón inicial a la implantación de un SGC en una organización comprometida no con la buena imagen sino con el buen funcionamiento interno, con apoyo en la puesta en marcha de procesos de control y en la formación inicial, y después de ello sólo ocasionalmente intervenir para controlar la buena marcha del SGC, por ejemplo con auditorías. Pero el peso de la gestión, cuando el SGC se encontrase ya en “velocidad de crucero”, debería llevarlo la propia organización, empezando por la dirección misma.

Las certificadoras sí tendrían menos papel en este escenario ideal, ya que se dependería menos de la certificación y más de la auditoría directa. Desde luego el que las certificadoras sean pagadas por sus certificados me parece de todo punto irregular, y es algo que el mal ejemplo de la práctica corrupta actual debería llevar a erradicar en futuras revisiones de la norma ISO 9001... si no fuera porque los propios organismos actualizadores de la norma están también implicados en ese inadecuado mercado.

Termino con un par de apuntes. Existe un cliente demandante de SGC y certificaciones que me resulta particularmente impropio como tal, que es el Estado. En diversos ámbitos éste promueve la implantación de SGC en entidades dependientes de él, y luego confía como el que más en certificadoras para evaluar los resultados. El Estado, que se supone debería ser una organización en la búsqueda de la excelencia sin que importasen los intereses económicos, debería tener un papel más activo en este punto y evaluar él mismo a dichas entidades dependientes. (De hecho, en un sentido más amplio, personalmente considero que el fundamental papel del Estado en la economía debería ser no la intervención directa, sino la supervisión, e indicación de situaciones indebidas para su corrección por parte de los propios “infractores”.)

Y tampoco hemos de pensar que todo está podrido. Las auditorías a proveedores por parte de clientes están a la orden del día allá donde a las empresas no les queda más remedio que vigilar el cumplimiento objetivo de los requisitos del producto del proveedor; notablemente en la industria. Pero no hay que olvidar que esto requiere o bien tener a personal propio con capacidad y tiempo para dedicarse a auditorías, o el pago a terceros que lo hagan cada vez que se quiera examinar a un proveedor; lo cual sólo está al alcance de empresas grandes. En el ámbito de la pequeña empresa, el papel de las consultorías para poner en marcha un SGC es necesario.