02/01/2015

Corrupción de las oposiciones a la Enseñanza Secundaria

El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes. Entre otras cosas, determina el formato de los exámenes de oposiciones al cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, que por ser el que conozco es el que quiero tratar, poniendo el ejemplo de las de Matemáticas de 2014 en Galicia, que he vivido por dentro.

Por hacer un pequeño resumen, digamos simplemente que las provisiones de puestos de profesores tienen tres fases:
  • oposición (exámenes),
  • concurso (los que aprueban los exámenes reciben puntos, según un baremo, por su experiencia y circunstancias personales),
  • prácticas (las personas con más nota resultante de las dos fases previas, hasta cubrir las plazas necesarias, pasan un tiempo de prácticas para confirmar que son aptos para el puesto).

A su vez, dicho R.D. establece (Art. 21) que la fase de oposición consiste en:
  1. Una prueba “de los conocimientos específicos de la especialidad docente”, con dos partes:
    1. prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opte”, y
    2. desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre un número de temas, extraídos al azar por el tribunal”.
  2. Otra prueba para “la comprobación de la aptitud pedagógica”, también con dos partes:
    1. Presentación de una programación didáctica”, y
    2. Preparación y exposición de una unidad didáctica”.

Cada prueba (Art. 22) se califica de 0 a 10, y es eliminatoria, es decir: quienes obtengan menos de 5 puntos en la primera prueba quedan eliminados y ya no pueden hacer la segunda, y quienes hayan superado la primera pero luego tengan menos de un 5 en la segunda, no pueden acceder a la fase de concurso, en que se valoran numéricamente los méritos del candidato. A la última fase, de prácticas, acceden los aprobados de mejores notas hasta cubrir las plazas.

Pues bien, voy a exponer una serie de notorios defectos e inconveniencias, por calificarlos lo más suavemente posible, del sistema, tanto en la teoría como en la práctica, tratando cada punto por orden:

Sentido de un examen de la materia
Para empezar, parece lógico que para acceder a un puesto de profesor de una materia se examine al candidato de dicha materia. Pero esto se contradice con un hecho de principal importancia: la convocatoria no es abierta, sino que para poder acceder a un puesto ya es requisito tener conocimientos previos, pues a cada especialidad sólo se puede acceder teniendo previamente un título académico de una lista restringida. La contradicción es la siguiente: si para acceder a un puesto se pide tener conocimientos previos superiores al puesto en cuestión, ¿por qué se hace un examen de conocimientos? Y al contrario: si se hace una prueba de conocimientos de la materia, ¿por qué no se deja entrar a todo el mundo?

Además, en la valoración de méritos de la fase de concurso ni siquiera se valoran más las titulaciones más relacionadas con la especialidad que las menos. Otro tanto ocurre con la formación como docente (antes CAP, ahora Máster en Profesorado), que debería estar en relación con la 2ª prueba, que comprueba la aptitud pedagógica del aspirante, pero acaba por ser un simple requisito ciego, en que no se distingue a los que han cursado sólo unas prácticas de los que un año entero de Máster, etc.

Sentido del desarrollo escrito de un tema en la era de los recursos on-line
El Gobierno reglamentador de las oposiciones (en aquel momento era presidente Zapatero, y la Ministra de Educación y Ciencia firmante del R.D., Mercedes Cabrera; y los Gobiernos siguientes lo han mantenido) demuestra una auténtica ceguera respecto a lo que supone en la enseñanza el que estemos en la era de Internet al plantear en la Parte B de la 1ª prueba un examen teórico. Los que nos dedicamos a la enseñanza conocemos el impacto que tiene en la tradicional enseñanza memorística el hecho de que la información esté disponible en todo momento al alcance de la mano: lo necesario no es tener la información en la cabeza, sino saber manejarla. Por eso una prueba consistente en el desarrollo teórico de un tema está completamente obsoleta.

Contenido del examen de la materia
La materia de que se examinan los aspirantes en la 1ª prueba está determinada (Orden ECD/191/2012) por los temarios de 1993, que serían unos temarios como otros cualquiera si no fuera porque, al menos en Matemáticas y Física y Química, que son las especialidades que me son familiares, se salen completamente de “los conocimientos específicos de la especialidad docente”, que no es por ejemplo las Matemáticas o la Física y la Química en general, sino las correspondientes especialidades que se imparten en la Enseñanza Secundaria. Para no ser menos, también en la práctica las preguntas de los exámenes de la oposición se salen del nivel de la Secundaria, con lo que nos encontramos que unos tribunales formados por (Art. 7) “funcionarios de carrera en activo de los cuerpos de funcionarios docentes” van a proponer y evaluar exámenes, como veremos a continuación, no sobre docencia de cada materia en Secundaria, en lo que son expertos, sino de nivel general dentro del temario de la especialidad. La extracción de los miembros de los tribunales no casa con la materia que examinan.

Calificación y resultados de los exámenes
Asumido lo anterior, y puestos los candidatos a examinarse, lo que esperaríamos cuando tenemos 500 personas a calificar es que haya una distribución medianamente continua de las frecuencias de resultados, es decir, que si representamos el número de resultados obtenidos en cada intervalo de notas no haya grandes acumulaciones o vacíos aislados, sino que vaya aumentando o disminuyendo suavemente. Exámenes difíciles harían que la mayoría de notas se amontonase hacia el 0, los fáciles que se amontonase más hacia el 10, y dificultades intermedias producirían acumulaciones en notas intermedias.

Pues bien, veamos un ejemplo. La siguiente gráfica muestra las calificaciones otorgadas por los tres tribunales de Matemáticas en Galicia el pasado año (no se cuentan los ceros ni las personas que por el motivo que fuera figuran sin calificación):



¿Llamativo? ¿Son los datos suficientemente elocuentes respecto a lo ocurrido? Pues según parece:

Inicialmente la distribución de resultados corresponde, según decíamos arriba, a lo que hubiera sido un examen difícil: la mayoría de la gente suspensa, y cuanto más alta la nota, más escasos los candidatos que la han obtenido. Examen difícil o corrección rigurosa, que al final resultaría en lo mismo; pero bien puede aceptarse que el tribunal, en su libertad de criterio, a la hora de poner aprobados decida poner los mínimos posibles.

Pero en lugar de tener una distribución continua, llama la atención ese notorio hueco del 4: casi no hay suspensos con un 4 y algo, mientras que ¡pop, magia! vuelven a aumentar los casos de 5 y pico; de hecho los que aprueban por la mínima son los más numerosos.

Para más curiosidad, si consultamos los resultados por tribunal (animo a comprobarlo), vemos que en la 1ª prueba el Tribunal 1 aprobó a 10 personas, el Tribunal 2 a 11 y el Tribunal 3 a otras tantas, que ¡oh, casualidad! son sólo 2 ó 3 más que las plazas que cada uno tenía que cubrir.

Lo que ha ocurrido está bien claro: se ha hecho una primera corrección draconiana que ha dejado fuera a todos excepto a unos pocos casos indiscutibles, y a continuación, en una corrección más fina, ha habido una revisión de los suspensos con notas más altas para poder aprobar a tantas personas como puestos tiene que cubrir cada tribunal y unas pocas más, de manera que a la hora de realizar la segunda prueba sólo tuvieran que descartar a esas 2 ó 3 personas “de sobra”.

Con todo ello los Tribunales están flagrantemente defraudando el espíritu de las pruebas, ya que en lugar de examinar “los conocimientos específicos de la especialidad” de los aspirantes según unos criterios fijos y dejar pasar a la segunda prueba a tantos como hayan aprobado la primera, lo que están haciendo es una simple criba, con no se sabe qué intenciones. Lo que deberían hacer es establecer unos criterios claros de qué es lo que debe saber un profesor de Secundaria, poner los exámenes de acuerdo a ellos, y certificar si cada aspirante cumple o no con los criterios: si los cumplen menos personas que las 8 plazas que el tribunal debe cubrir, habrá plazas vacantes; si los cumplen más, deberán pasar a la 2ª prueba todas esas personas y tomarse el tribunal el trabajo de valorarlos a todos.

Lo que es peor, la cantosa revisión de suspensos demuestra que el retoque de las notas no sólo es posible sino que se hace, pero no hay garantías de que el criterio de la revisión sea sólo cribar aspirantes para que a la 2ª prueba sólo accedan los justos. Por increíble que parezca, las pruebas no son anónimas, sino que van con nombre y apellidos enteritos, y nada impide que se modifiquen notas mirando al nombre más que al examen.

Lo del anonimato tiene especial pecado. El R.D. obliga (Art. 10.1.h) a que “En aquellas pruebas escritas en las que no se requiera la exposición oral por el candidato o lectura ante el tribunal, deberá garantizarse el anonimato de los aspirantes”. Pues bien, si ponemos por ejemplo la convocatoria de Galicia, el correspondiente Decreto dice (Base 10.3.2): “Al efectuarse la primera y segunda parte de la prueba por escrito, se procederá a su lectura conjunta”, a pesar de que la lectura es un procedimiento completamente absurdo, especialmente en Matemáticas, que habitualmente consiste en tan sólo abrir el sobre que se dejó cerrado el día que se entregó el examen, para gran estupor y fastidio de aspirantes desplazados cientos de kilómetros. Resulta increíble que se asegure el anonimato en pruebas públicas de menor categoría, como una Selectividad, y no en el acceso a la función pública.

El espíritu de las pruebas no sólo se defrauda convirtiendo la 1ª en una criba, sino que prácticamente deja sin efecto la 2ª, que casi no selecciona nada: en el caso que pongo por ejemplo, suspendieron una persona tanto en el Tribunal 1 como en el 2, y tres en el Tribunal 3. Francamente sorprendente teniendo en cuenta el porcentaje de suspensos de la 1ª prueba; si el porcentaje se hubiera mantenido, sólo hubiera debido aprobar un aspirante por tribunal. Lo cual abunda en el hecho de que los tribunales no atienden en la 1ª prueba a criterios de conocimientos de la materia, sino de criba. Por tanto, se está cifrando todo el concurso-oposición en sólo la primera prueba de sólo la oposición, que es una pequeña parte del proceso.

Conclusión
Al plantearse un proceso de selección de personal para un puesto, lo que cualquier organización debería por lógica buscar es que la persona que consiga el puesto sea la más adecuada posible para su desempeño, y la administración pública debería buscar la excelencia en este aspecto. Para ser profesor hace falta saber cómo puede ser el material humano que se pretende formar, cómo formar, y por último conocer toda la materia impartida a mayor nivel que los alumnos.

Soy de la opinión (y puedo decir que no arrima el ascua a mi sardina) de que el movimiento se demuestra andando y los mejores profesores se deberían buscar en la práctica, dando por tanto la vuelta al procedimiento: una vez cumplidos los requisitos, en primer lugar poniendo a los aspirantes a dar clase (y no va cualquiera: no olvidemos que las prácticas son parte del requisito previo de formación docente para cuyo Máster el futuro profe ya paga sus buenos cuartos) y evaluando su desempeño como profesores; después valorarlos como docentes teóricos y paralelamente puntuar como en la fase de concurso. Para todo ello ya es necesario tener conocimientos de la materia que se quiere impartir; a quien no los tenga se le puede descartar, pero no de la forma masiva que se hace ahora. Un examen final escrito (y anónimo, por descontado) de la materia sólo sería necesario para resolver empates.

NOTA a 18/08/2015: la propuesta Nuevo Acceso Docente plantea la necesidad de reformar el sistema de selección del profesorado en un sentido parecido a lo que he expuesto en esta entrada. Entre los partidos políticos, tanto Ciudadanos actualmente como el PSOE en su programa de 2011 apuntan algunos aspectos parecidos, mientras que Podemos, en una línea típicamente izquierdista, basa sus mejoras en el aumento de recursos tanto económicos como humanos. No olvidemos en cualquier caso que, como digo arriba, el RD vigente sobre la selección de profesorado es obra del PSOE y ha sido mantenido por el PP.

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