13/03/2012

Reforma electoral: moción de censura y elección del Presidente

Según la norma de elección de candidatos a la Presidencia del Gobierno descrita en la anterior entrada, vamos a ver los diferentes escenarios que se abren dependiendo de la proporción de escaños que hayan correspondido, tras unas elecciones parlamentarias, a un partido determinado, desde el punto de vista de éste. Para ello abreviaré con iniciales los siguientes grupos de escaños: el Total de los de la cámara electora (T), los Propios del partido en cuestión (P), y éstos separados en los Mínimos necesarios (M) para asegurar que uno de los diputados propios sea uno de los dos más votados para candidatos a Presidente del Gobierno, y los Sobrantes (S) por encima del mínimo que se pueden reservar para contrarrestar mociones de censura. Y empezamos:

CASO 1: Mínimo necesario para asegurar que uno de los candidatos a Presidente sea propio.
Para lograrlo el partido necesita que su candidato sea al menos el segundo más votado, lo cual se produce con un tercio de los diputados. Aunque un partido no vote con más de ese mínimo, lo más que pueden hacer los demás partidos juntando votos en otros candidatos es conseguir que sólo uno lo iguale o supere en votos, pero nunca dos o más. Inversamente, los partidos que no pueden aupar a su candidato como uno de los dos primeros (en caso de tener a los demás partidos en contra) es el que no alcance ese tercio de diputados.

CASO 2: Partido con más de un tercio de los diputados.
En caso de que el partido tenga exactamente un tercio del Total (T/3), necesita los votos de todos los diputados propios (M = T/3). Pero si tiene más de un tercio, entra en juego el concepto de los diputados que hemos llamado Sobrantes (S), pues es obvio (suponiendo la disciplina de partido que conocemos de nuestra vida parlamentaria) que éstos no votarán a un candidato opuesto al principal de su partido. Por tanto, el mínimo necesario no es un tercio del total, sino del total quitándole los sobrantes propios. Por ponerlo más clara y algebraicamente y en términos de los diputados totales y propios:
M = (T - S)/3 -> 3M = T - S -> 3M + S = T -> 2M + (M + S) = T -> 2M + P = T -> M = (T - P)/2
Con esta última expresión se obtiene por supuesto que cuando P = T/3 -> M = T/3 (= P).

CASO 3: Partido con dos tercios de los diputados o más.
Esta situación, que me aventuro a calificar de casi inaudita entre las verdaderas democracias, que implica un apoyo popular verdaderamente arrollador, significa que el partido mayoritario tiene escaños suficientes para votar no sólo al segundo candidato, ni sólo al primero siquiera, sino a ambos, primero y segundo, lo cual le permite al final escoger directamente al Presidente y, bajo el sistema expuesto en la anterior entrada, bloquear cualquier posibilidad de moción de censura. Frente a la situación actual, en que p.ej. el 45% de votos populares puede otorgar el 53% de escaños y por tanto elegir Presidente y bloquear mociones de censura, este límite más alto, el 67% de votos populares (con una representación proporcional), parece más que aceptable.
Por cierto que para la elección de candidatos presidenciales el límite de tener la mitad de los diputados, la mayoría absoluta, no es una situación cualitativamente diferente de la de estar algo por debajo, ya que nunca se podría evitar que los grupos minoritarios reuniesen los votos suficientes para presentar un candidato alternativo.
Ahora bien, considerando la situación de apoyo masivo de la ciudadanía que acabamos de hipotetizar, cabe plantearse lo siguiente: ¿qué sentido tiene organizar unas elecciones presidenciales cuando los dos candidatos son de la misma tendencia o, dicho de otro modo, uno de los candidatos puede ser un simple instrumento para la mayor victoria del otro? En esta situación podría directamente preverse que, si uno de los candidatos da su apoyo al otro, no haga falta recurrir a la elección directa por parte de la nación.
Aunque eso me lleva a otra posible alternativa al sistema actual, que seguiría lo mencionado en la opción 2) que planteaba en mi entrada primera acerca de este tema, a saber: que para la elección del Presidente del Ejecutivo se tengan en cuenta los votos emitidos en las elecciones al parlamento, pero con un cómputo mayoritario diferenciado del que atribuye los escaños. De esa manera se podría garantizar que, respondiendo a sus naturalezas respectivas, el Legislativo sea tan plural como los votos de los ciudadanos y el Ejecutivo lo más monolítico posible.
Pues bien, para resolver todo con una única elección, establecer la relación de fuerzas tanto para el Legislativo como para el Ejecutivo y mantener vinculadas ambas, el modo puede ser el mencionado de tener en cuenta los votos emitidos pero aplicar unos criterios muy restrictivos para favorecer a los partidos mayoritarios, que lógicamente son los más legitimados para ocupar el Gobierno. Criterios como los ya utilizados para otorgar escaños a los partidos según el sistema español (del que hablaré en una entrada posterior), por ejemplo:
  • Tener en cuenta los votos de sólo los partidos más votados (los tres, cuatro o cinco más votados, o los que superen un determinado porcentaje, por ejemplo).
  • Atribuir, en base a esos votos, a cada uno de esos partidos “escaños virtuales” o puntos según un sistema favorecedor de mayorías, por ejemplo el D’Hondt, y sobre un número bajo de puntos totales (por ejemplo 15 ó 20, para favorecer más aún a los mayoritarios).
  • Que los respectivos “candidatos a la Presidencia del Gobierno” se reúnan para votar al Presidente del Gobierno por mayoría absoluta en el cómputo de dichos puntos.
Este sistema de "junta" de candidatos atendería además a otro proceso que también ha alterado subrepticiamente los procedimientos previstos para la elección del Ejecutivo por parte del Legislativo: el que en unas elecciones legislativas existan “candidatos a la presidencia del Gobierno”.
Fijémonos en algo que hemos visto en Europa en los últimos años: habitualmente se considera como un proceso claro y legítimo el que un presidente del Gobierno sea elegido a continuación de unas legislativas nacionales por el Parlamento correspondiente, y sin embargo se ha considerado repetidamente algo lejano al pueblo y menos democrática que lo anterior la elección del Presidente de la Comisión Europea por el Parlamento, o las recientes elecciones de presidentes del Gobierno en Grecia e Italia.
En mi opinión uno de los motivos de esa negativa consideración es que en estos últimos casos no hay un candidato oficioso (es decir, previo a la constitución del Legislativo) a la Presidencia del Gobierno. Por el simple hecho de haberlo, aunque no tenga ninguna naturaleza legal, las cosas están más claras. Con una junta de candidatos, se daría naturaleza legal a dicha figura y se aceptaría y aclararía el hecho de que haya candidatos presidenciales en unas elecciones legislativas.

09/03/2012

Reforma electoral: y moción de censura

Según lo comentado en la anterior entrada, he aquí una propuesta basada en huir de la fusión entre Ejecutivo y Legislativo, buscando la separación según los siguientes principios:
1) que la última palabra en la elección y destitución/censura del Gobierno la tenga el cuerpo electoral en una elección directa; y
2) que, por tanto, los votantes al Legislativo no lo hagan pensando en la necesidad de construir mayorías polarizadas que apoyen a sendos candidatos a Presidentes del Gobierno, sino en sus ideas personales y en qué lista las representa mejor, pues ése es en definitiva el sentido de este Poder.
Estos dos principios se consiguen con un único cambio respecto a la situación actual de España: que el Congreso de los Diputados/Parlamento no escoja a un único individuo como Presidente del Gobierno, sino a dos candidatos, los dos más votados por el Parlamento, entre los que el conjunto de electores elija en una segunda vuelta.
Se combinan así los procedimientos más habituales para unas elecciones legislativas y presidenciales. Junto a las virtudes de la elección directa del Presidente, también estoy implícitamente considerando útil la intermediación parlamentaria en la elección de candidatos, que favorece una estabilidad en el sistema de partidos, frente a las elecciones con candidaturas abiertas y segunda vuelta, que puede producir un aglutinamiento de los partidos más circunstancial, más orientado al “asalto” de unas elecciones presidenciales.
Con esto se evita también la necesidad de que cada acción del Gobierno dependa de una mayoría parlamentaria: el Gobierno es Ejecutivo y debe poder actuar con rapidez dentro de sus competencias. Tampoco sería necesario así que un Gobierno se asegurase la obediencia monolítica de una mayoría absoluta parlamentaria previamente a su elección que convierte al Legislativo en un paripé, entre otras razones porque aún no puede dar por hecha la elección, que corresponde al pueblo.
También se evitan disfunciones como la tradicional “cohabitación” francesa, en que la Presidencia de la República y el Gobierno podían pertenecer a partidos opuestos; se mantienen en definitiva lo que creo son virtudes de la sintonía entre una y otra institución. Lo veremos también en el análisis cuantitativo que se puede extraer de la norma arriba mencionada, que haré dentro de dos entradas del blog.
Por ahora sólo recalcaré lo que he mencionado arriba de pasada: que este principio en mi opinión estaría bien aplicarlo a la votación de una moción de censura también; es decir, que aunque ésta procediera del Parlamento como es habitual, hubiera de ser aprobada o rechazada igualmente por la ciudadanía, optando entre el Presidente en el cargo y un candidato alternativo presentado por la moción (la llamada “moción constructiva”). Sobre las condiciones de aprobación de la moción de censura me extenderé en la siguiente entrada del blog.

A la hora de considerar la moción de censura, teniendo en cuenta el sistema de elección presidencial anteriormente descrito no tendría sentido en mi opinión que fuese una votación exclusiva del Parlamento, en especial si se tratase de una moción llamada constructiva, que obliga a la presentación de un candidato alternativo al presidente vigente (y desde mi punto de vista éste sería el objetivo fundamental de la propuesta, con el que se podrían mantener usos adicionales como el de plantear un debate general respecto al Gobierno y otros). Entre otros motivos, si la moción conlleva la propuesta de un candidato alternativo, sería teóricamente posible que una cámara con mayoría de la oposición derribase a un gobierno perteneciente a un partido con mayoría minoritaria pero que ha sido el elegido por la nación.
Por tanto, la moción de censura, además de las funciones más bien estético-propagandísticas que tiene actualmente, consistiría en la reactivación del proceso de elecciones presidenciales en que los dos candidatos serían el presidente en el cargo y el alternativo propuesto por la moción.
A partir de aquí se pueden establecer varias condiciones que contribuyan hasta cierto punto a proteger al Presidente elegido en primer término, en las elecciones presidenciales ordinarias, frente a las mociones de censura, para garantizar mayor estabilidad al Gobierno:
  1. Que la moción, para poder tanto ser presentada como triunfar en las urnas, deba superar un cierto porcentaje de apoyo. Actualmente éste es simplemente el 50% de diputados, y en el modelo propuesto la elección presidencial se ganaría sobrepasando ese mismo 50%, al haber sólo dos candidatos. Para aportar la mencionada estabilidad, se podría por ejemplo obligar a que tanto el porcentaje de diputados que la presenten como de votos de apoyo obtenidos en la votación popular haya de superar el mayor porcentaje de apoyo, entre Parlamento y elección directa, obtenido por el Presidente en el cargo.
  2. Ahora bien, para que tan sólo la moción pueda al menos ser presentada por el Parlamento, y teniendo en cuenta que el Gobierno puede pertenecer a un partido con casi el 50% de Diputados y por tanto éstos podrían bloquear la presentación de una moción, puede establecerse la condición adicional de que los diputados que hayan apoyado al candidato victorioso en las elecciones presidenciales ordinarias, así como los que hayan presentado una moción de censura con un candidato alternativo luego rechazado por los votantes, queden fuera del número de diputados hábiles para presentar o apoyar una moción.
De este modo se garantizaría que una oposición fuerte tuviese fácil presentar una moción contra un Presidente que tenga poco más del 50% de apoyo, ya que los diputados que lo hubieran votado no contarían para presentar la moción y la oposición sería mayoría entre el resto de diputados. Pero al mismo tiempo se lo tendría que pensar mucho y presentarla cuando crea que el pueblo demanda el cambio de Gobierno, porque si el pueblo rechaza al candidato alternativo, los diputados que lo hayan presentado quedan también inhabilitados para presentarla de nuevo (como actualmente ocurre) y probablemente esa oposición no vuelva a tener opción de presentar una moción en el resto de la legislatura.
Como vemos, todo ello resulta en la práctica en unas circunstancias no muy diferentes de las que actualmente rigen las mociones de censura, con la virtud clave, en mi opinión, de que la decisión final está siempre en manos de los ciudadanos.

En la siguiente entrada jugaré un poco con la matemática parlamentaria derivada de esta propuesta.

27/12/2011

Debate sobre la reforma electoral en España

El sistema político español, como toda obra humana, adolece de defectos. Varios de ellos confluyen en una situación muy evidente, a saber: que en la práctica, el poder ejecutivo y el legislativo no están separados. Quiero explicarme: no es que dicha fusión sea mala en sí (quién sabe si pudiera existir un sistema magnífico en el que sin embargo estuviesen en efecto unidos); lo que es malo son los susodichos defectos.

En esta y venideras entradas quiero reflexionar (humildemente desde mi situación de lego en ciencias políticas) acerca de dos de esos defectos que en mi opinión contribuyen a la indistinción entre legislativo y ejecutivo produciendo una mejorable elección del Presidente del Gobierno: el sistema electoral y la elección indirecta (por el Congreso) del Presidente.

Empiezo por la elección presidencial. Una de las pocas intervenciones con sus consiguientes respuestas que se han producido en el reciente debate de investidura del nuevo Presidente del Gobierno de España ha sido el intercambio de argumentos entre éste y la líder de Unión, Progreso y Democracia.

UPyD defiende la modificación de la ley electoral vigente con el objetivo de producir una representación parlamentaria más fiel a la distribución de ideas políticas de la población. En su contra, el argumento de más peso que el candidato Rajoy dio fue de conservadurismo y conformidad con el sistema vigente, un no reformismo en este caso. Más aún, previamente a la campaña electoral, desde el Partido Popular llegó a hacerse una propuesta alternativa, de reducir de 350 a 300 el número de diputados, justo al contrario de lo propuesto por UPyD, que defiende el aumento hasta el máximo constitucional de 400.

En general, quienes defienden el actual sistema representativo español, que en definitiva favorece la creación de grandes partidos, argumentan no sin razón que dicha representación en bloques contribuye a la estabilidad del Gobierno de turno.

Por el contrario, los que buscan una mayor proporcionalidad esgrimen el evidente desajuste que existe cuando se comparan las representaciones parlamentarias de los partidos medianos, entendidos éstos como los que obtienen representación pero muy minoritaria (es decir, todos menos los dos mayores).

Una y otra postura no se pueden entender sino dentro del esquema actual español en que el Ejecutivo y el Legislativo están en la práctica fusionados (por no hablar de otras instituciones del Estado). El nombramiento del Presidente del Gobierno se produce cuando un candidato ha asegurado una mayoría en el Congreso de los Diputados, momento a partir del cual se ha acabado el juego parlamentario más decisivo. A partir de ahí, lo mismo da que una ley la elabore el parlamento o delegue la tarea en el Gobierno, mientras que por otro lado las capacidades del parlamento de controlar efectivamente al Gobierno mediante moción de censura desaparecen.

Pero si por el contrario hubiese una representación proporcional de las ideas de los ciudadanos y por tanto un parlamento diverso, estaríamos en una inestabilidad gubernamental a la italiana, situación que indudablemente es indeseable.

Dentro de esa situación de fusión de Ejecutivo y Legislativo, se pueden considerar varios escenarios dependiendo del poder relativo que tenga éste respecto a aquél:
Un Legislativo plural del que dependen el nombramiento y continuidad del Ejecutivo, que domina la vida política. En este caso hay riesgo del defecto de la jaula de grillos a la italiana.
Un Legislativo mayoritario que es decisivo sólo en el juego de la aritmética parlamentaria.
Un Legislativo con influencia parcial en la acción del Ejecutivo. Si el Legislativo careciese de competencias importantes, con este caso estaríamos en una situación de casi dictadura.
Un Legislativo que sólo debate, pero al que el Ejecutivo puede vetar o incluso forzar. Decididamente es una dictadura.
Un Legislativo que no existe.
Con este listado pretendo hacer ver que no existe la deseable separación de poderes entre los dos de los que estamos tratando cuando se confunden las funciones de uno y otro.

En definitiva, las mejoras que se hagan en la elección y funcionamiento del Ejecutivo y el Legislativo han de partir del principio básico de que uno y otro poder tienen naturalezas y responden a necesidades diferentes:
El Legislativo es la representación popular que determina las normas por las que se rige la nación, por ello ha de reflejar fielmente las ideas de ésta y ha de ser no sólo tan plural como ella, sino que de alguna manera los representados han de poder pedir cuentas a sus representantes y transmitirles propuestas directamente para que ellos las tramiten.
El Ejecutivo ejerce el liderazgo de la nación, es el gestor de esa asociación establecida por ella que se llama Estado, y por por evidentes motivos de eficacia ha de ser monolítico y tener un mando claro (lo cual es de hecho uno de los motivos y atributos más antiguos de la monarquía).

Teniendo eso en cuenta, las propuestas que se hagan para mejorar la representación han de partir del principio de separación entre Ejecutivo y Legislativo en dos aspectos: el de la elección y deposición del Gobierno (dejando aparte la elección de los ministros) y el de la separación de funciones entre Gobierno y parlamento en el día a día (las leyes para el parlamento, la gestión para el Gobierno).

En cuanto a la elección del Presidente del Gobierno, puede proponerse una gradación de métodos según la dependencia del Ejecutivo respecto al Legislativo, por ejemplo:
  1. Por mayoría parlamentaria. El sistema español sigue esta norma, con la distorsión que produce en la elección de representantes: los votantes tienden a escoger pensando en otorgar mayorías y no en los partidos que más se acercan a sus propias ideas (“voto útil”) y el sistema de asignación de escaños no es proporcional. Además, se habla de candidatos a la presidencia durante la campaña electoral cuando aún no existen, ya que es otra institución la que los nombra (p.ej. el jefe del Estado o el parlamento constituido).
  2. Según los votos emitidos en las elecciones al parlamento, pero con un cómputo mayoritario diferenciado del que atribuye los escaños.
  3. Por votación directa del cuerpo electoral entre candidatos propuestos por el Legislativo resultante de unas elecciones generales.
  4. Por votación directa del cuerpo electoral entre candidatos independientes del Legislativo. Este otro extremo es el sistema presidencialista típico, cuyos defectos son la debilidad del sistema de partidos y las opciones que se da a candidatos de minorías no representativas pero cohesionadas frente a los de mayorías divididas entre varios candidatos.
Para la deposición del Gobierno mediante una moción de censura la gradación es la misma; la diferencia estriba en que se requiere la iniciativa activa de alguna parte, sea una institución del Estado (no tiene por qué ser el Legislativo) o directamente una iniciativa popular.

En próximas entradas propondré algunos posibles sistemas encuadrados en varias de las opciones que acabo de mencionar.

06/12/2010

Ejemplo de evaluación para ciencias en ESO

En los últimos días, según estoy dedicado a estudiar desarrollo psicológico y didáctica, he maquinado un sistema de evaluación pensado para las asignaturas de ciencias de la Educación Secundaria Obligatoria, particularmente la Física y Química que serían mi especialidad, y que me gustaría poder llegar a implantar. La publico para que cualquier otro docente la aproveche o por el contrario vea que no es tan original, o que no es para tanto.
La propuesta trata de superar las limitaciones del método tradicional y más usado de impartir clases con el objetivo de superar un examen y plantear éste como método casi único de evaluación.
La idea motora inicial ha sido mi tradicional rechazo al aprendizaje memorístico (tradicional desde que he nacido, quiero decir, a pesar de haber sido un buen alumno en las enseñanzas primaria y secundaria); tengo claro y comprobado en mí y en otros que de lo que más se aprende, incluso de lo que más se acaba memorizando, es de aquello a lo que uno se acerca con interés. El memorístico acaba ofreciendo una posada demasiado cómoda en el viaje hacia el aprendizaje profundo, hasta el punto de que muchos ya no van más allá de ella.
La construcción de este modelo ha sido movida por ese rechazo y teniendo en cuenta que la ESO, por muy 4º que sea, todavía es la parte de enseñanza que el Estado considera básica, de “cultura general” y común para todo el mundo, y por tanto ha de estar radicalmente enfocada a cómo los alumnos a lo largo de su vida (y no sólo académica) van a topar y necesitar de los conocimientos que la asignatura les aporta. No se puede dar por supuesta o adelantar una orientación hacia el Bachillerato, un ciclo formativo, la vida laboral directa o cualquier otro posible futuro para el alumno, porque la materia y el modo de manejarla ha de valer para todas ellas y además, siempre, para la vida cotidiana.
Otra idea general que me ha movido es que la evaluación de un aprendizaje profundo frente a la de uno superficial o estratégico implica un cara a cara, es decir, evaluar lo que el alumno sea capaz de mostrar en persona. No se trata, como se podría pensar, de establecer unos criterios para la nota final y pasar a todos los alumnos por un examen individual para asegurarse de que no copia de un compañero, de un libro, de Internet, o se lo hace el profesor particular; sino de fundamentar la evaluación en los aspectos, actividades, puntos, etc. en que el alumno demuestre que ha avanzado en su conocimiento de la materia, no sólo en un examen, sino en trabajo en clase, atención y preguntas fundamentadas, curiosidad propia, etc.
La Física y Química que me ocupa implica con todo, aun en esa vida cotidiana, una capacidad mínima de hacer números y “cuatro cuentas”. Nada complicado, lo justo para ser capaz de manejarnos mínimamente con la etiqueta de un producto de limpieza, cuánto tardaremos en llegar a tal sitio a tal velocidad cuando vamos por la autopista, o si determinado material flota en agua, por poner ejemplos de lo más común y pedestre. Esto obligaría a disponer una evaluación tradicional en un examen pero de ejercicios simples casi idénticos a los hechos en clase; una parte obligatoria necesaria pero no suficiente para superar la asignatura.
La parte que completaría la calificación de la evaluación sería una variedad de opciones a disposición del alumno a lo largo de cada trimestre, como muestra el esquema:


Los máximos indicados en el caso de puntuaciones que se obtienen mediante un número indeterminado de actividades (problemas encerado, temas breves, preguntas, actividades alternativas en conjunto) son el tope de puntos que puede obtener el alumno mediante una acumulación indefinida de las mismas. Por otro lado, como se ha dicho en clase, un modelo de este tipo obligaría al profesor a tener un control constante de los trabajos y progresos de cada alumno; su punto más débil es esa necesidad de una organización muy exhaustiva.
Las aportaciones de este ejemplo de evaluación están en las alternativas que ofrece al alumno, le da protagonismo al permitirle conseguir los puntos en lugar de que le sean simplemente atribuidos por la corrección del profesor, el énfasis que pone en el trabajo día a día teniendo en cuenta de modo efectivo el trabajo hecho a lo largo del curso, no sólo en atracón para el examen, y en plantear actividades similares a lo que podría encontrar en la vida diaria (problemas básicos, curiosidades, búsqueda de información, trabajo en grupo).
Un punto clave sería desde luego que habría que afinar bien los conocimientos y temas evaluados, ajustándolos tanto al contenido curricular como a la vida cotidiana lo más posible.
Dejando de lado la cuestión de la idoneidad de una calificación aritmética y aceptando este estricto carácter (que lo que hace es desmenuzar la calificación en muchas menores), se pueden comprobar varias cuestiones:
  • No es posible aprobar sólo con la parte básica, pero tampoco sin hacer nada de ésta.
  • No es posible obtener máxima calificación sólo con el examen (4 pt. básica + 4,5 pt. niv. medio y difícil = 8,5 pt.). El alumno que aprovechase sólo esta vía (que es la tradicional y por otro lado más orientada al Bachillerato) necesitaría al menos hacer algo en las vías alternativas obligatorias (investigación de grupo e informe de prácticas) para redondear su calificación.
  • Los alumnos podrían llegar al examen con mucha parte de la nota ganada; de hecho, cuanto más fuesen trabajando durante el trimestre, menos necesitarían para el examen, porque la parte básica de éste es de menor dificultad que las alternativas, particularmente sería una versión light de los problemas de clase. Además, saben que a la hora del examen siempre van a tener oportunidad de sumar con los dos problemas de nivel superior.
  • Aunque no hubiese tiempo para que todos los alumnos realizasen todas las alternativas, la idea es que se puede organizar el tiempo en clase para llegar a las puntuaciones máximas por varias de ellas.

04/12/2010

Barreras entre gallego y castellano

Soy de los que consideran que en Galicia no existen núcleos monolingües ni barreras comunicativas entre gallego y castellano, esto es, entre hablantes preferentes de una u otra lengua; los estudios dejan claro que en Galicia son clara minoría los que sólo hablan una de las dos.
Más aún, en múltiples aspectos gallego y castellano funcionan (es decir que son utilizados) como variantes de un único sistema, lo cual es ejemplificado por situaciones como que los hablantes de una de las lenguas saltan a la otra para aportar matices al discurso (lo que no podría ocurrir si para ellos fueren dos códigos equivalentes diferentes), o que hablantes de gallego usan el castellano en registros en los que sin embargo muestran dificultades con el gallego normativo, llegando incluso a rechazar que se use con ellos.
La proximidad entre gallego y castellano se fundamenta no sólo en la proximidad de los rasgos lingüísticos sino también en el hecho de que todos los hablantes de aquél son competentes en éste al nivel al que lo puede ser cualquier otro castellanohablante. En Galicia, gallego y castellano están profundamente interpenetrados; me remito a entradas anteriores del blog para más detalles; baste aquí recordar que tal proximidad es creciente, hallándose el gallego común (no normativo) en proceso de fusión con el castellano (que en Galicia, como es natural, también vive la influencia del gallego). Podría llamarse “reintegración” igual que la pretendida por algunos con el portugués, pues en su día también gallego y castellano fueron la misma lengua. La intercomunicación, que algunos se empeñan en considerar imposición, favorece dicho proceso; es una simple cuestión de inercia entre una lengua hablada por 2,5 millones de personas y otra por 200 veces más (entre ellos los hablantes de la primera) que el resultado final sea más próximo a la última.
En la medida en que se mantengan como diferentes, la mera intercomunicación determina que hoy se mantenga la tendencia de uso a favor del castellano, incluso después de décadas de defensa del gallego que lo han justamente dignificado y han relegado al ridículo actitudes antiguas que le asociaban de modo general connotaciones negativas (la consulta de la Xunta en 2009 sobre la lengua en la enseñanza muestra claramente que los padres defienden que sus hijos aprendan gallego más favorablemente a lo que determinarían los porcentajes de uso preferente que hacen del castellano). Los medios por los que se podría preservar la separación entre una y otra lengua serían la separación de las dos comunidades de hablantes (imposible porque habría que tronchar, en el significado culto del término, a la mayoría de gallegos) o hacer el esfuerzo de mantener la distinción entre los dos códigos lingüísticos, en cuyo caso nos mantenemos en el equilibrio inestable que ya he descrito.
La opción de la diferenciación es la tomada por las autoridades lingüísticas del gallego en la elaboración de la normativa, frente a la tendencia integradora con el castellano de la mayoría de gallegos, y es la única fuente de algún problema (mínimo, con todo) que he encontrado en mi experiencia personal con alumnos y programaciones de enseñanza básica y media, a saber: el vocabulario extraño. Es un problema mínimo porque es una cuestión de simple traducción; no hay una auténtica separación de conceptos, de significados, como he explicado, entre otros motivos porque el lenguaje utilizado trasluce que los propios autores de los libros de texto son en muchas ocasiones ellos mismos castellanohablantes. El problema de las “palabras raras”, que son mayormente vocabulario técnico, es el mismo para alumnos gallegohablantes como castellanohablantes, pues el estándar que ambos utilizan en la vida diaria es el común de España, no el normativo de la RAG, y produce pequeñas lagunas de léxico especializado.
La cercanía y fusión entre gallego y castellano vuelve completamente absurdo y contraproducente todo esfuerzo por levantar barreras entre una y otra lengua, estando en mi opinión en condiciones de ser tratadas como una sola, como según digo ya hacen muchos gallegos. Henrique Monteagudo recalca en el artículo que menciono (p. 51) la posibilidad de utilizar cualquiera de las dos lenguas incluso en la primera enseñanza, pero paralelamente, de acuerdo a una intención intervencionista en las vidas de los escolares, sostiene en las pp. siguientes que el gallego debe recibir trato de favor.
Uno de los argumentos que expone el autor para defender dicho trato es que considera que el gallego todavía es minusvalorado y sufre prejuicios por parte de la sociedad (que por otro lado es su propietaria), incomprendiendo una vez más que en el entorno social y económico de cualquier gallego, objetivamente la pura utilidad pragmática pone primero al castellano y a continuación al inglés; la del gallego reside sólo en su cercanía al castellano o (en grado menor) al portugués. La frase típica de los padres de otros tiempos sobre que “na escuela non fai falta que estudien gallego, que ése xa o aprenden na casa” sigue siendo tópicamente incomprendida, pues no era un desprecio a su lengua tradicional, sino querer que el recurso público que es la escuela diese las mejores oportunidades a sus hijos. Monteagudo, abundando en la idea intervencionista, “actitudinal” (p. 56), defiende que el único medio que puede promover el debido conocimiento de las lenguas es la escuela, y que es necesario para revertir el estatus de las lenguas “minorizadas” (íd.; no minoritarias, lo que implicaría una concepción de nuevo más realista de los motivos por los que las lenguas se extienden o extinguen). En cambio la boyante situación del castellano permite un margen de mayor desatención del mismo en la enseñanza, ya que cualquier gallegohablante, en este caso sí, ya accede “ao seu coñecemento para poder usalo cando queira ou precise” (p. 59) de modo natural y sin necesidad de promoción artificial por parte de los poderes públicos.
Todo ello no debe hacernos olvidar un hecho incontestable en el que coincido con Monteagudo (p. 58): que las lenguas, como cualquier otro conocimiento, cuantas más se sepan, mejor. Y aunque se hacen actos de fe respecto a que la diversidad enriquece, yo más bien diría que la diversidad es la que es y punto, pero es el conocimiento lo que permite aprovechar los elementos positivos y salvar los negativos (que sí existen) de la diversidad.
Con esto termino la publicación de mi comentario a los tres artículos mencionados hace unos días.

02/12/2010

Lenguas oficiales en Galicia

Sin entrar desde luego a cuestionar el imperio de la ley, que es un rasgo de civilización, sí podemos cuestionarnos si las leyes vigentes son las óptimas.
Respecto a la oficialidad de las lenguas, es un aspecto en el que se entra en mi opinión demasiado a menudo en la vida privada de las personas. La formulación de la Constitución Española (Art. 3.1.: “El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla”) es suficientemente abierta como para que el motivo de que se disponga un deber respecto al español pueda ser interpretado en sentidos diversos: desde el más liberal porque ayuda a mantener las oportunidades que el castellano ofrece a los ciudadanos españoles dentro de la nación que formamos, hasta el nacionalista en que sea para preservar la identidad colectiva de los españoles.
El Estatuto de Autonomía dice poco sobre la lengua, pero basta para introducir matices que no toman la opción liberal sino la intervencionista, siendo además asimétrico a favor del uso del gallego (Art. 5.1.: “A lingua propia de Galicia é o galego”; art. 5.3.: “Os poderes públicos de Galicia […] potenciarán o emprego do galego en tódolos planos da vida pública, cultural e informativa”).
Dos años tardó en desarollarse el espíritu subyacente a ese artículo lingüístico del Estatuto en una “Lei de normalización” que desde su mismo título desconsidera las libertades individuales y en su preámbulo despliega una pirotecnia sobre identidades colectivas, elevación del gallego a elemento clave para su preservación e ignorancia deliberada de que los mecanismos por los que las lenguas pierden hablantes son básicamente internos de éstos.
En ninguno de estos textos legales, que he comentado en su orden jerárquico, se defiende la única política lingüística que considero aceptable (descrita en la entrada anterior), que intentaría hacer una defensa no de la normalización de ninguna lengua sino de la normalidad (libertad) lingüística respecto a cualesquiera que existan en la sociedad a la que afecte dicha legislación.

Derechos lingüísticos colectivos

La Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos es un instrumento contradictorio a la hora de tratar los derechos individuales, pues aun mencionando al individuo, desde sus propios preliminares yerra, entre otros motivos:
  • subordinándolo a las identidades colectivas como instrumento para la preservación de éstas;
  • ignorando su capacidad para tomar sus propias decisiones;
  • obviando la dimensión utilitaria de las lenguas, y por tanto los mecanismos por los que son adoptadas o abandonadas, así como las razones objetivas para su promoción;
  • considerando implícitamente las lenguas como sujeto de derecho, e
  • identificando lenguas con territorios (v. entrada anterior).
Si consideramos como la situación ideal para el individuo aquélla en que es libre de hacer su voluntad, no nos queda más que aceptar que no hay argumentos suficientemente elevados como para imponerle el deber de hablar una lengua que no le interesa objetivamente (v. J.R. Lodares, El Paraíso Políglota). Esto va en contra de muchas políticas lingüísticas, que ponen el foco en las lenguas y no en el interés de los individuos. Siguiendo lo argumentado en dos entradas anteriores, considero que la única política lingüística aceptable sería asegurar mediante la educación que los niños tengan la competencia necesaria en las lenguas que les hagan falta para ser ciudadanos de pleno derecho en el futuro y les dé mayores oportunidades en su vida.
Podemos reflexionar sobre por qué esta fijación por la lengua como elemento de identidad. Si es cierto lo que ya he defendido, que la cosmovisión del individuo reside en los conceptos o significados subyacentes a su(s) idioma(s), una diferencia en éstos entre dos personas no las haría auténticamente diferentes, si logran superar la barrera idiomática. Hay además una enormidad de otros rasgos culturales diferentes del idioma que conforman la identidad de las personas y los pueblos que, esos sí, se intentan extirpar por muy tradicionales que sean. Por ejemplo, en Galicia son de lo más enxebres el bocio, la tuberculosis, el caciquismo, el minifundismo y los matrimonios “de penalti” (no quiero decir que sean exclusivos de Galicia), pero hasta entre los planteamientos multiculturales más conservacionistas se considera (no siempre) que sus causas deben ser erradicadas. También son típicos las faldas largas y el paño en la cabeza, pero la moda dicta ropa vaquera y paños, si es el caso, palestinos; la música estadounidense o irlandesa en lugar de la jota y el pasodoble; sector servicios y no andar coas vacas.
Sin mayor profundización en la Psicología, me atrevo a opinar que el motivo por el cual la lengua funciona como un marcador tribal tan fuerte es cuestión de apariencias, es decir, que en un hecho tan fundamental para el ser humano como es la comunicación interpersonal, y dentro de ésta la lingüística, las diferencias de idioma son un rasgo que llama la atención inmediatamente y que en una mentalidad primitiva inspira rechazo al que es diferente (cf. el caso ejemplar de “shibboleth”).
Remato el comentario sobre este artículo rechazando también la concepción adoctrinadora de la escuela que muestra el último párrafo del artículo de Teresa Moure, abundando en lo dicho: creo que la enseñanza obligatoria debe mantener el objetivo de aportar al alumno el mínimo para su óptimo desarrollo como individuo libre.

01/12/2010

Defectos de los mapas lingüísticos

Usar los mapas para reflejar las lenguas habladas en un territorio es algo tentadoramente fácil, de hecho bastante frecuente. El concepto es sencillo: según se hable en un sitio, se pinta ese punto del mapa del color correspondiente, y ya tenemos, como decía la canción, “un país multicolor”.
En realidad no es tan sencillo. Dependiendo de la información que se quiere que el mapa dé, en ocasiones los mapas se hacen de las lenguas consideradas autóctonas (discutible concepto) y no de las demás; de hecho, son ésos los que se usan para defender los derechos seculares de las gentes a seguir hablando las lenguas de sus antepasados (entre las que sin embargo Teresa Moure por ejemplo no quiere incluir al afrikaans, tan antiguo en sus zonas de mayor implantación como las lenguas bantúes, sólo por pertenecer al grupo social que fue dominante en su país).
Ahora bien, la situación en que se pueden trazar fronteras lingüísticas es aquélla en que de modo general sólo se habla una lengua en un determinado punto. El defecto clave de los mapas lingüísticos es que asocia lengua con territorio, obviando que tal asociación tiene un intermediario que es el individuo. Es decir, no es que en un territorio se hable una lengua, sino, como ya he dicho:
en un territorio hay una serie de habitantes, cada uno de los cuales habla las lenguas que sea, y haciendo estadística se puede sacar cuánto se habla una lengua y cuánto otra.
A la situación en que es válido un mapa lingüístico se llega cuando:
  • la movilidad poblacional es nula, pues de lo contrario se hace necesario acudir a un nivel de detalle microscópico e imposible de reflejar a escala regional en el mapa, o más sencillamente se alternan rayas de colores o un sombreado;
  • en un punto sólo se habla una lengua, lo cual implica que la única posibilidad de tener que hablar otra sea con un forastero.
Es decir, a este estado se llega mediante la existencia de una situación objetiva de atraso (lo que explica lo que he dicho acerca de éste en la Francia del Ancien Régime), pues varias de las vías por las que una persona puede salir de él buscando mejores oportunidades en la vida son por un lado la movilidad geográfica, y por el otro la convivencia con gentes con otras vivencias, ideas y culturas, lenguas incluidas.
En la mayoría de los casos, en una sociedad avanzada un mapa lingüístico es una herramienta poco realista y que induce a errores de concepto, y ni mucho menos se debería esgrimir para defender lo que se debe hablar o no en un territorio. Las relaciones lingüísticas se dan entre personas, no entre territorios (v. p.ej. "Cómo el homo se convirtió en sapiens", de P. Gärdenfors, sobre la falta de lenguaje en los casos de personas solas ante el entorno, que no reciben el lenguaje a la edad adecuada). En general cada individuo tiene unos ámbitos de comunicación propios que implicarán unas lenguas, dialectos, jergas, registros, etc. también propios; la situación en que una lengua se corresponde con un territorio es en realidad excepcional. Más aún, desde el estricto punto de vista del individuo libre, los conceptos de lengua autóctona/alóctona o incluso propia/extraña son inaplicables; a lo sumo, materna/adquirida.

30/11/2010

Crítica de las bases de la ecolingüística

Al principio de este blog planteé la similitud entre las especies biológicas y lingüísticas. En esa ocasión me fijé en los rasgos de transmisión de innovaciones, “mutaciones”, en terminología biológica. Podría pensarse que esta consideración abunda en la equiparación de lenguas y especies que hace la ecolingüística, pero un análisis más profundo lo desmiente.
Atendiendo a las raíces de los conceptos, tengamos primero en cuenta qué es una especie biológica. No son unos animales concretos, pues aunque los animales nacen y mueren, la especie permanece. Siendo un poco más abstractos, no es siquiera un conjunto de animales, sino determinadas características más profundas de los mismos. Los individuos de una especie intercambian constantemente la materia que los constituyen con el entorno; de hecho podrían intercambiar todos sus átomos a lo largo de su vida y diríamos que siguen siendo los mismos individuos, y desde luego pertenecerían a la misma especie en que nacieron. Por tanto, en una definición profunda, la especie consiste en un conjunto de instrucciones, los genes, para la organización de dichos átomos.
En cuanto a una lengua, consiste al igual que una especie en elementos de información, sólo que en una especie actúan sobre átomos y moléculas y en una lengua sobre sonidos y otras entidades abstractas. A causa de esta abstracción de partida, en la historia de la ciencia ha sido más fácil identificar la naturaleza abstracta de los componentes de las lenguas que la de los genes.
Pero si en ambos casos, el biológico y el lingüístico, se trata de elementos de información, ¿hay alguna diferencia entre unos y otros? ¿No seguimos reafirmando la equiparación entre lengua y especie?
Hay un punto clave de diferencia, y es que una lengua es un código en principio arbitrario, concepto también temprano en la historia de la Lingüística. Por mucho que los hablantes de un código situados en un entorno desarrollen un idioma idiosincrásico, ello no quita que tal idioma siga teniendo una conexión arbitraria con el entorno (con la conocida salvedad de onomatopeya e interjección), es decir, que si la evolución hubiera sido diferente, hubiera importado lo mismo que hubiera desembocado en una combinación sonora distinta, mientras el concepto subyacente (el “significado” en la terminología clásica) fuese el mismo.
Esto nos lleva de nuevo a la utilidad de las lenguas tratada en la entrada anterior. Pongámonos en la situación del hablante de una lengua cualquiera que se encuentra con un código diferente, esto es, que usa otros signos lingüísticos. Mientras la nueva lengua tenga un elenco de significados equivalente, por así decirlo, la comunicación será relativamente neutra, insulsa si se me permite adjetivarla, pues consistirá simplemente en descubrir las equivalencias en significantes (sigo con los términos clásicos) y traducir. En este sentido, la existencia de lenguas diferentes es un escollo para la comunicación, y va por tanto contra el propio sentido de lo que es una lengua como medio de comunicación. De hecho, una equivalencia total entre dos códigos lingüísticos es un equilibrio inestable en el tiempo, que acaba desembocando en su resolución a favor de uno de los dos o la fusión en una nueva lengua criolla (hecho éste que es de total relevancia para las políticas lingüísticas, por ejemplo las desarrolladas en Galicia).
Pero el escollo sólo existe en el plano de los significantes. La riqueza de la diversidad lingüística no está en ellos, sonidos arbitrarios, sino en los significados. Está en que los hablantes de otra lengua tengan no otras palabras, sino otros conceptos que, esos sí, enriquecen el acervo cultural de aquéllos a quienes son transmitidos. El hablante de una lengua que se encuentra otra con conceptos e ideas diferentes ya no lo tiene tan fácil para la traducción, pues las equivalencias no son exactas y o bien adapta una palabra de su propio lenguaje, o adopta la del nuevo, o simplemente inventa. Este contraste de significados es el motor del préstamo de palabras y, de un modo más complejo (pues implica no sólo palabras sino la gramática entera), de la creación de pidgins y lenguas criollas.
La realidad nunca se mueve en los extremos de la total coincidencia de significados, que hace de la variedad un problema, ni de la total disyunción, que la convierte en riqueza una vez lograda la traducción. Basta hojear un diccionario bilingüe para comprobar numerosos casos de palabras de traducción biunívoca y otros tantos de varias traducciones posibles, o que no son las únicas que corresponden con su más próximo equivalente en el otro idioma.
Respecto a la conservación de especies biológicas y lingüísticas, hay un aspecto añadido que separa a unas y otras. Preservarlas implicaría ser capaz de mantener y reproducir los datos en que cada una consiste. Las biológicas consisten en genes, y hoy por hoy la única manera de preservarlos es mantener vivas las especies, pues aún no ha llegado nuestra tecnología a un nivel tal que permita reconstruirlas en base a los “manuales de instrucciones”. Aún estamos empezando a registrar los genomas, y empezando por ahí no existe la capacidad de componer los genes ensamblando molécula a molécula.
El caso de las lenguas es diferente. Más de cinco milenios de existencia tiene la escritura, y aunque es un sistema imperfecto para registrar tan siquiera los sonidos de las lenguas, ha bastado para mantener en un estado taxidérmico idiomas como el latín clásico o el hebreo, éste resucitado incluso. Pero ahora sí disponemos de la capacidad para registrar los sonidos y conceptos fielmente en estudios tanto lingüísticos como etnográficos, y somos capaces de reproducirlos; de ahí lo positivo de las iniciativas que documentan la diversidad lingüística. Esta clase de proyectos salvan la diversidad lingüística para el futuro aunque las lenguas estudiadas mueran, pues salvarían los tanto los significantes como los significados que componen las lenguas. Y no está fuera de nuestro alcance registrar a los hablantes de las lenguas para “revivirlos” reproduciendo los registros cuantas veces se desee con fidelidad equivalente a la que tendrían si estuviesen presentes enseñándolas.
De ese modo, y recuperando el asunto de la desaparición de lenguas de la entrada anterior, mi muy personal opinión es que podemos abandonarnos al radical pragmatismo. Desaparecen las excusas para decir a los hablantes de tal o cual lengua que no está bien que dejen de hablarla. Teresa Moure se pregunta “¿con que dereito pretende un ser humano impor aos outros a súa lingua?”, pero debemos preguntarnos también “¿con qué derecho pretende un ser humano imponer a otros que no abandonen su lengua?”. De modo que, si ya poco admisible me parece que se pretenda que la mantenga aun a riesgo de que si no lo hace la lengua quede muerta más allá de toda posibilidad de recuperación, menos legitimidad tiene pretenderlo cuando sí existen los medios para registrarla. Me parece totalmente rechazable el cuestionamiento que Moure hace (“os individuos máis novos non están dispostos a manter unha forma secular de vida”) de la libertad de los individuos a escoger lo que más les conviene en sus vidas, particularmente en el campo lingüístico que al fin y al cabo está basado en asociaciones arbitrarias entre significantes y significados, como sabemos. Lo que debe hacer un lingüista comprometido con la diversidad no es pelear por el mantenimiento de la separación cultural que preserve las lenguas (“dereito dos pobos a existir”), sino registrarlas antes de que desaparezcan: y tenemos la certeza de que absolutamente todas las lenguas del presente, sea por evolución o extinción, habrán desaparecido en un futuro más o menos lejano.

29/11/2010

Desaparición de lenguas

Hablando de asesinato de lenguas, Teresa Moure manifiesta intencionalidad respecto a la conciencia del lector de su artículo en Grial. Por otro lado, se califica de “terrible” el impacto de los sistemas occidentales triunfantes, implicando que es algo malo, cuando bastaría el adjetivo “enorme” por ejemplo, y se denomina dicha influencia “imperialismo” con una clara connotación negativa, siendo discutible que exista ningún imperialismo (sistema organizado de dominación) a estas alturas, ni que el imperialismo sea un hecho netamente negativo. Tales asociaciones me parecen de todo punto rechazables por lo que sigue:
Para hablar de asesinato debe haber intencionalidad. Durante la Revolución francesa, uno de los puntos que los Gobiernos revolucionarios se plantearon fue cómo eliminar las lenguas regionales. Dicho así de seco, parece una salvajada, pero valorándolo con la mente abierta y en el contexto de que la multiplicidad de dialectos regionales era un producto del atraso, no deja de comprenderse que detrás de dichos planes había una intención benéfica, de llevar la égalité a todos los ciudadanos de la République, por mucho que los medios para ello fuesen en ocasiones tan abominables como imponerlo a golpe de guillotina. Pero en casos como este sí podría hablarse de asesinato de lenguas, cuando existe una voluntad consciente contra un código lingüístico.
Sin embargo, el único argumento que la autora da para considerar “asesinato” a la desaparición de lenguas es el gran número ellas amenazadas. Para sostener dicha calificación deben aportarse referencias o datos pasados comprobados de lenguas que hayan sido eliminadas deliberadamente con éxito. A lo largo de la Historia ha habido casos incontables (literalmente) de lenguas desaparecidas antes de que existiera política lingüística alguna a favor o en contra de ninguna. La autora muestra una clara contradicción exponiendo los dos motivos que hacen desaparecer lenguas hoy en día (sistemas educativos y medios de comunicación) oponiéndolos a lo que se podría considerar “muerte natural” de una lengua (“uns chegan, outros se van”). Pues ¿de qué modo “se van” las lenguas, de qué modo desaparecen naturalmente? Perdiendo hablantes, por supuesto, y ¿por qué pierden hablantes? Porque éstos se mueren o pasan a usar otras lenguas. Dichos dos motivos son precisamente los que atraen a los hablantes a unas lenguas en lugar de a otras, sin necesidad de obligarles a abandonar las anteriores.
No olvidemos qué es una lengua: un sistema de comunicación. Es decir, una herramienta. La gente empieza a hablar una u otra lengua según haya un uso de ella en su entorno, y esto lo mismo vale para la primera lengua materna como para cualquier otra adquirida a lo largo de la vida. En una situación natural, la utilidad (el uso) acostumbra a la gente a una u otra lengua, y en el lado opuesto, la inutilidad (falta de uso) hace que la gente abandone lenguas. Ése es el proceso natural, y si los sistemas educativos (que deben enseñar lo útil, en el sentido de lo argumentado hace tres entradas) y los medios de comunicación (que si son libres suelen moverse por la utilidad comunicativa y el pragmatismo) son los motivos que hacen triunfar o desaparecer lenguas, no es correcto hablar de asesinato sino de hecho de muertes naturales.